La Xunta iniciará el próximo lunes la segunda fase de reincorporación del personal empleado público al trabajo presencial, dando continuidad a la aplicación del Protocolo de reincorporación ratificado por todos los sindicatos con representación en la mesa sectorial.
Tal y como ha recordado la Administración gallega, este protocolo se refiere al personal de la Xunta, sin incluir al personal sanitario y sociosanitario; docente y no docente de los centros de enseñanza; y al servicio de la Administración de Justicia.
La primera fase concluyó con normalidad, con la incorporación desde el 18 de mayo de los jefes de servicio o puestos asimilados y de las personas que no podían teletrabajar y tenían su puesto adaptado a las recomendaciones sanitarias y a la distancia de seguridad de dos metros.
Ahora, se incorporará todo aquel personal empleado público que no lo hiciese en la primera fase y que cuente con espacio propio o un lugar de trabajo en el que se cumplan los dos metros de separación.
La tercera fase arrancará el próximo 15 de junio, con la reincorporación del resto de personal, después de haberse acometido los ajustes necesarios en sus puestos de trabajo para que se cumplan todas las garantías sanitarias.
MEDIDAS ESPECIALES
El protocolo incluye medidas especiales de protección para aquel personal que presente algún tipo de enfermedad que implique su consideración como grupo vulnerable y que serán los últimos en incorporarse.
La determinación de los grupos vulnerables y la graduación de riesgo de los puestos de trabajo se realiza de acuerdo a lo establecido por el Ministerio de Sanidad, que fija como grupos vulnerables a las personas con enfermedad cardiovascular/HTA, diabetes, enfermedad pulmonar crónica, inmunodeficiencia, cáncer en tratamiento activo, mayores de 60 años y embarazo.
Además, también hay excepciones para facilitar la conciliación. Por lo tanto, podrá seguir prestando su trabajo en régimen de teletrabajo el personal que tenga a su cargo menores o mayores dependientes y se vea afectado, de ser el caso, por el cierre de centros educativos o de mayores. Este régimen especial de teletrabajo sólo se podrá conceder a un trabajador para el caso en que hubiera dos o más empleados públicos convivientes en que se dé la misma circunstancia.