Los trabajadores afectados por Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) están a punto de superar la barrera de los 100.000 en la Comunidad gallega por la crisis del coronavirus, dado que actualmente son un total de 95.511.
Según las cifras de este miércoles de la Consellería de Economía, Emprego e Industria, hay 17.763 ERTE presentados en Galicia, cerca de 4.000 más que el día anterior. Los trabajadores aumentan en casi 25.000 en 24 horas.
Los ERTE que afectan a toda la Comunidad son 510 –con 9.627 trabajadores–. En la provincia de A Coruña son 6.929 expedientes, con 32.007 empleados. Pontevedra está a la cabeza en trabajadores afectados, con 37.403 –en 5.775 ERTE–.
A más distancia están los 2.316 ERTE en la provincia de Lugo, con 7.844 empleados; y los 2.212 expedientes en Ourense, con 8.630 afectados. A estas cifras se suman 21 ERTE a nivel estatal que también se producen en Galicia, si bien la Xunta no tiene cifras de trabajadores en este caso.
PASOS A SEGUIR
Así, la Xunta informa de los pasos a seguir en los procesos de ERTE, ya sean por causa mayor por el coronavirus o por causas económicas, técnicas, organizativas o producción.
En el caso de los ERTE por fuerza mayor, las empresas deben solicitar el expediente de regulación a través de la sede electrónica con un informe por la pérdida de actividad. Debe acompañarse la documentación acreditativa con cuestiones como la comunicación a los trabajadores o a la representación legal, una memoria justificativa y un listado de la plantilla.
Tras ello, la autoridad laboral tiene un plazo máximo de cinco días para constatar o no la causa de fuerza mayor para el ERTE. Una vez comunicada la resolución, la empresa debe adoptar medidas y darlas a conocer.
Finalmente, para solicitar la prestación en nombre de los trabajadores, las empresas enviará al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) el modelo de fichero disponible en su web (sepe.es), así como el certificado de empresa a través de la aplicación Certific@2.
En el supuesto de ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas o producción, las empresas deben comunicar a los trabajadores o representación legal la intención de iniciar el procedimiento. Después tiene que constituirse en un plazo máximo de cinco días la comisión negociadora del periodo de consultas. Posteriormente, se comunica a la autoridad laboral el inicio del procedimiento a través de la sede electrónica de la Xunta –es potestativa la petición de informe a Inspección de Trabajo–.
En un plazo máximo de siete días se debe abrir un periodo de consultas. La comunicación a la autoridad laboral de la decisión empresarial a través de sede electrónica tiene 15 días. Los últimos pasos son la notificación al personal y al SEPE.