El Juzgado de Primera Instancia número 5 de A Coruña ha condenado al Banco Santander a devolver a un matrimonio el dinero que había invertido en acciones del Banco Popular, según informa la firma Solvendi Abogados, que llevó el caso.
Se trata de acciones compradas antes de la ampliación de capital de 2016. En el juicio, el matrimonio solicitó que se declarase la nulidad «por vicio en el consentimiento al haber sido suscritas las acciones del Banco Popular con error invalidante».
Por ello, reclamaba devolución de la cantidad desembolsada en la compra de acciones, unos 16.610 euros, más los intereses legales correspondientes.
En su fallo, la jueza estima las pretensiones de los demandantes ya que entiende que concurre «un vicio invalidante en la prestación del consentimiento» y condena a la entidad a devolver la cantidad que reclamaba el matrimonio, más intereses.