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El Gobierno aprueba el Estatuto del Becario, que recoge multas de hasta 225.000 euros a las empresas

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El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el proyecto de Ley del estatuto de las personas en formación práctica no laboral en el ámbito de la empresa, conocido coloquialmente como el Estatuto del Becario, más de dos años después de que el Ministerio de Trabajo y Economía Social firmara y presentara esta norma con los sindicatos.

«Es una norma que es muy controvertida porque lucha contra la precariedad y, cuando se lucha contra la precariedad, hay fuelles que se resisten en mucho lugares», ha advertido la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

En este contexto, ha detallado que en España hay a disposición de las empresas «2 millones de personas trabajadoras gratis, sin derechos», por lo que «no acuden al organismo reglado y oficial, que es el contrato formativo».

Por ello, con esta ley el Gobierno lo que hace es que «a partir de ahora las prácticas no laborales en las empresas tienen que constar por escrito con un acuerdo específico, en el que quede más que claro cuál es la formación que cada persona tiene que recibir y, además, tiene que tener una doble tutorización».

«Lo que hacemos, que es la gran novedad, es que otorgamos un elenco de derechos a las personas en formación, y de deberes», ha celebrado Díaz, que ha destacado, entre los derechos, los becarios puedan ser compensados por los gastos en sus prácticas no laborales en las empresas.

La vicepresidenta ha puesto en valor también que la Inspección de Trabajo eleva las cuantías y las sanciones en caso de vulneraciones, que podrán superar los 250.000 euros. «Y vamos a incentivar a las empresas para que contraten de manera indefinida a esas personas. Hacemos el bien, en una España que es moderna y con derechos», ha puntualizado.

EL ESTATUTO DEL BECARIO EMPEZARÁ SU TRAMITACIÓN EN EL CONGRESO

Al tener rango de ley, esta iniciativa, que ha generado discrepancias internas en el Gobierno entre PSOE y Sumar, deberá ser tramitada por las Cortes Generales por lo que, tras la ruptura de Junts con el Ejecutivo, su aprobación definitiva será más complicada.

La norma, que no contó con la participación de la comunidad universitaria según denunciaron los rectores, recoge un régimen sancionador a las empresas por incumplir los derechos de los alumnos, con multas de hasta 225.000 euros; una compensación de los gastos que tengan los estudiantes; y limita las prácticas extracurriculares a 480 horas.

El objetivo de este proyecto de ley, consultado por Europa Press, es determinar los periodos de formación práctica no laboral que se pueden realizar en el ámbito de la empresa, así como desarrollar el régimen jurídico que los ordena.

El Estatuto del Becario incluye un régimen sancionador con multas para las empresas de entre 120.006 y 225.018 euros en el caso de que se produzcan infracciones muy graves en su grado máximo. Si las infracciones son consideradas muy graves pero en su grado mínimo, las multas irán de 7.501 a 30.000 euros, mientras que en su grado medio serán de 30.001 a 120.005 euros.

Las infracciones serán, según establece el documento, muy graves cuando se produzcan discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de edad o discapacidad o favorables o adversas en materia de retribuciones, jornadas, formación, promoción y demás condiciones de trabajo.

Asimismo, serán consideradas infracciones muy graves aquellas por circunstancias de sexo; origen, incluido el racial o étnico; estado civil; condición social; religión o convicciones; ideas políticas; orientación sexual; adhesión o no a sindicatos y a sus acuerdos; vínculos de parentesco con otros trabajadores en la empresa o lengua dentro del Estado español, así como un trato desfavorable de los trabajadores como reacción ante una reclamación efectuada en la empresa o ante una acción administrativa o judicial destinada a exigir el cumplimiento del principio de igualdad de trato y no discriminación.

Las empresas en las que los estudiantes desarrollen las actividades formativas también deberán compensar los gastos de los alumnos, en los términos previstos en el correspondiente convenio o acuerdo de cooperación, «por una cuantía mínima suficiente para compensar todos aquellos en los que la persona en formación práctica en la empresa incurra como consecuencia de esta, tales como gastos de desplazamiento, alojamiento o manutención».

Entre los periodos de formación práctica en la empresa contemplados en el Estatuto del Becario, destaca que finalmente se han incluido en el acuerdo las prácticas extracurriculares desarrolladas durante los estudios oficiales de grado máster universitario o, en su caso, doctorado.

No obstante, las prácticas extracurriculares desarrolladas durante los estudios no deberán superar el 15 por ciento de las horas en que se concreten los créditos ECTS (Sistema Europeo de Transferencia de Crédito) de la titulación ni 480 horas.

También se han incluido las prácticas desarrolladas durante los estudios vinculados a títulos propios de las Universidades, cuando la suma total de prácticas curriculares y extracurriculares no supere el 25 por ciento de los créditos ECTS de la correspondiente titulación. Sin embargo, los títulos propios que tengan una duración mínima de 60 créditos ECTS tendrán la posibilidad de establecer prácticas por un periodo de 3 meses.

OBLIGACIONES DE LOS ESTUDIANTES

La norma también recoge las obligaciones que tendrán las personas en formación práctica en el ámbito de la empresa, como cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por su centro formativo; conocer y cumplir el proyecto formativo de las prácticas, siguiendo las indicaciones de la persona tutora asignada por la empresa bajo la supervisión de la persona tutora académica; o mantener contacto con la persona tutora académica durante el desarrollo de la práctica y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir durante esta, así como hacer entrega de los documentos e informes de seguimiento que le sean requeridos.

Los alumnos en prácticas también deberán incorporarse a la empresa en la fecha acordada, cumplir el horario previsto en el proyecto educativo y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales de la misma, así como desarrollar el proyecto formativo y cumplir con diligencia las actividades acordadas con la empresa, conforme a las líneas establecidas en el mismo.

Otras de las obligaciones de los becarios serán guardar confidencialidad en relación con la información interna de la empresa y guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante el periodo de formación práctica y finalizada ésta; o mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia la política de la empresa, salvaguardando el buen nombre del centro formativo al que pertenece.

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