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El TSXG condena a Mercadona por vulnerar la libertad sindical de la CIG

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El sindicato CIG ha dado a conocer este jueves una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que condena a Mercadona por vulnerar el derecho de libertad sindical de dos delegadas de la organización, y le impone el pago de más de 22.000 euros al sindicato en concepto de daños.

Según ha explicado la responsable de CIG-Servizos, Transi Fernández, esta resolución pone de manifiesto una situación que el sindicato lleva tiempo denunciando: el «hostigamiento» y «discriminación» que la empresa aplica a sus delegados y afiliados.

En este caso, la CIG interpuso una demanda de tutela de derechos fundamentales por la negativa de Mercadona a facilitar a dos delegadas sindicales de esta central la información que se trata en el Comité de Seguridad y Salud laboral (en el que ambas participan con voz pero sin voto, al no ser delegadas de Prevención).

Asimismo, el sindicato denunció que Mercadona no facilitó a sus delegadas el reglamento de funcionamiento de ese Comité y que tampoco les facilitó datos relativos al nombramiento de delegados sindicales de UGT y CC.OO.

En su resolución, el alto tribunal gallego expone que la empresa «no justificó de ningún modo ese trato diferenciado de las delegadas sindicales de la demandante» y que «no es suficiente» con que las representantes de la CIG puedan acceder a la información del Comité de Seguridad y Salud Laboral viéndola cuando se proyecta en una pantalla.

Igualmente, señala que las dos delegadas tienen derecho a acceder al reglamento del Comité y conocer su funcionamiento, aunque participen en él sin voto. Finalmente, expone que «parece razonable» que la CIG pretenda conocer a los otros delegados sindicales en la empresa para «poder controlar si está habiendo una diferencia de trato o una mayor permisividad, no justificada, con otras organizaciones sindicales».

Por todo ello, el TSXG declara que se ha vulnerado el derecho fundamental de libertad sindical de la CIG, y declara la nulidad de esas decisiones de la empresa. Asimismo, condena a Mercadona a cesar en su actuación y entregar la documentación a las delegadas de la central nacionalista, a la que deberá abogar 22.503 euros por daños morales. La resolución no es firme y puede ser recurrida en casación.

POSICIÓN DE MERCADONA

Por su parte, fuentes de la empresa consultadas por Europa Press, han subrayado que Mercadona facilita «siempre» toda la información al Comité de Seguridad y Salud «para su buen funcionamiento».

«Ahora, desde el TSXG se interpreta que, además, tenemos que hacer entrega de esta información y documentación a los delegados sindicales que no son delegados de prevención», han apuntado, atribuyendo el fallo a esta «diferencia de interpretación legal».

Finalmente, las mismas fuentes han trasladado que la empresa está «valorando internamente» si recurre la sentencia.

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