El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha rechazado la suspensión cautelar de la tasa turística en A Coruña, solicitada por el sector, en concreto la Asociación Empresarial de Hospedaje de A Coruña (Hospeco), la Asociación Provincial de Empresarios de Hostelería y desde el sector de cruceros Corunna Cruise Terminal.
La pedían en relación a la ordenanza aprobada por el Ayuntamiento herculino y tras el recurso a este respecto por el sector, pero, al igual que ocurrió en el caso de Santiago de Compostela, el alto tribunal gallego rechaza la suspensión cautelar.
Entre otras cuestiones, denuncian infracciones de procedimiento en en la tramitación de la ordenanza impugnada, además de un «incumplimiento palmario» por parte del Ayuntamiento de A Coruña en la elaboración y aprobación de la ordenanza fiscal.
Frente a ello, el TSXG sostiene que «el riesgo» de las entidades que plantearon la suspensión «no es desde luego el pago de la tasa o impuesto» e incide, de cara al rechazo a la suspensión cautelar, que «los establecimientos a ella asociados, no son el sujeto pasivo de dicho tributo, lo son los viajeros o turistas», rechazando la existencia de un daño «reputacional».
«Es público y notorio que este mismo tributo se ha generalizado en muchos destinos turísticos sin que provocará ese efecto, ello sin olvidar la escasa cuantía del tributo». En cuanto a la carga de la gestión de la misma alegada, afirma que «son las propias de un operador económico sin que se acredite en este incidente una intensidad de tal naturaleza que deba prevalecer».
RECURSO
La Asociación Provincial de Hospedaje de A Coruña (Hospeco); la de Empresarios de Hostelería y Coruna Cruise Terminal formalizaron ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) un recurso contencioso administrativo contra la tasa turística implantada en la ciudad herculina desde el 29 de septiembre.
El recurso llevaba aparejada una petición de suspensión cautelar para que la tasa se dejease de aplicar hasta que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia se pronunciase sobre su legalidad.
El recurso y la medida cautelar están, explicaron en su momento, «avalados por un informe de la Universidade de Santiago de Compostela». Los recurrentes alegan que la ordenanza «no cumple los requisitos legales de la Ley 5/2024 y que la medida está injustificada e incorrectamente fundamentada».
«Los expertos destacan que A Coruña no sufre saturación turística y que el turismo ya genera un saldo fiscal positivo para el municipio», indican en base a los argumentos avanzados ya antes de la implantación de la tasa turística. Además, Hospeco entiende que el recargo por persona y pernocta, «puede dañar la imagen de la ciudad, afectar negativamente a los pequeños establecimientos y desviar tráficos de cruceros a otros puertos».

