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La Xunta eleva de 300 a 1.300 euros la cuantía máxima de los «bingos sociales» y limita a 600 el premio de las rifas

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La Ley de medidas fiscales y administrativas que acompaña a los presupuestos de la Xunta para 2026 eleva de 300 a 1.300 euros la cantidad máxima que se podrá jugar por sesión y a 1.000 euros el valor de los premios. Además, limita el valor de los premios ofrecidos en los sorteos de rifas a 600 euros.

En concreto, la conocida como ley de acompañamiento de las cuentas modifica un apartado del artículo dos de la Ley reguladora de los juegos de Galicia del 2023 para introducir a las comisiones de fiestas –legalmente inscritas– entre las entidades que podrán organizar los conocidos como «bingos sociales», unas actividades que ahora tienen permitido las residencias de la tercera edad y centros de día, así como las asociaciones culturales o deportivas. Ello siempre que no sobrepasen el límite de cuatro sesiones al mes.

Además, la norma introduce un nuevo punto al artículo 26 de la citada Ley reguladora de los juegos de Galicia para limitar a 600 euros el premio de los sorteos de rifas de carácter tradicional, familiar o amistoso.

Al respecto, el nuevo apartado señala que no está sujeta a autorización administrativa la organización esporádica de rifas constitutivas de usos sociales de carácter tradicional, familiar o amistoso por personas o entidades cuya actividad habitual o principal no sea la organización o celebración de juegos, en cualquiera de sus modalidades, siempre que no sean objeto de explotación lucrativa y el valor de los premios ofrecidos no exceda en su conjunto los 600 euros.

A estos efectos, considera organización esporádica aquella que se desarrolle con una habitualidad anual o superior. Asimismo, apunta que se entenderá que existe explotación lucrativa cuando el importe total de las papeletas o billetes emitidos supere en un 10% el valor de los premios ofrecidos.

Según señala, esta exención debe entenderse sin perjuicio de lo establecido en la legislación fiscal.

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