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Stellatis Vigo y sindicatos acuerdan un nuevo marco para la prima variable tras suspenderse después de un fallo judicial

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Stellantis Vigo y sindicatos han suscrito este miércoles un nuevo marco regulador que modifica el Acuerdo de retribución variable, cuya aplicación se encontraba en suspenso después de un fallo judicial.

Así, la dirección de la factoría viguesa del grupo automovilístico y los sindicatos SIT, UGT y CC.OO. (90% de la representación de la planta) han firmado este acuerdo, que suprime el requisito de flujo de caja positivo como condición para desencadenar cualquier pago e incluye dos modalidades opcionales de retribución.

La primera de ellas es un bonus fijo de atribución directa vinculado a la obtención de un margen operacional corriente (AOI) en Europa mayor o igual al 1% con dos niveles de obtención: 100 euros en caso de que el AOI sea menor al 3% o 200 euros si es mayor o igual.

La segunda será una prima variable vinculada a la escala habitual de AOI, quedando un 20% sujeto a objetivos de calidad cliente a 3 meses y al objetivo país de cuota de mercado y un 10% al cumplimiento de los objetivos de absentismo colectivo del centro de trabajo.

Todo ello tras la sentencia del juzgado de lo Social 2 de Vigo, que estimó parcialmente una demanda del sindicato CUT y que hizo que Stellantis anunciase que no pagaría la paga de beneficios, una decisión que afectaba a todos los trabajadores de Stellantis en España. Ante esto, la representación social trasladó la necesidad de buscar una solución alternativa, que proporcionase seguridad jurídica, para no tener que esperar a que la resolución judicial sea firme.

La sentencia del juzgado vigués estimó parcialmente la demanda de la CUT y declaró contraria a derecho la previsión de reducción de la parte individual de la paga recogida en el esquema de remuneraciones de Stellantis para el período 2024-2027, «por causar discriminación directa y, subsidiariamente, indirecta, por razón de salud», es decir, por reducir esa prima a los trabajadores en situación de baja. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) confirmó en los últimos días esta sentencia, aunque todavía cabe recurso.

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