La Asociación Empresarial Eólica muestra su «preocupación» por la propuesta de repotenciaciones de parques incluida por la Xunta en el proyecto de ley de acompañamiento a los presupuestos gallegos para 2025, ya que «plantea un cambio de paradigma» que provoca «inseguridad jurídica».
En un comunicado, la patronal eólica considera que la fórmula presentada en el texto «es errónea y perjudicial para los intereses de las empresas, la sociedad, la economía y la imagen de país». «Choca frontalmente con los principios fundamentales del ordenamiento jurídico existente», sentencia.
En un contexto de tramitación de eólicos en Galicia que el sector considera «dramático», lamenta que este tipo de cambios «pueden generar mayor incertidumbre para los inversores».
Y es que advierte de que «el proyecto de ley establece que serán obligatorias las repotenciaciones para aquellos parques que, o bien hubieran alcanzado el final de su vida útil de diseño o bien hubieran alcanzado 25 años desde su puesta en funcionamiento, en ausencia de dichas previsiones».
Informa de que Galicia cuenta con 3.874 megavatios instalados (183 parques eólicos), de los cuales 2.007 megavatios (86 parques) cuentan con 20 años o más de antigüedad y «podrían verse obligados a ser repotenciados por esta ley». «Es clave buscar una solución para dinamizar las repotenciaciones sin que sea por mandato y evitar generar así riesgos adicionales, judicialización de proyectos o pérdidas injustificadas a los promotores», agrega.
La Asociación Empresarial Eólica opina que el «concepto de vida útil de diseño no es sinónimo de obsolescencia del equipo, pérdida de operatividad o riesgos en la seguridad». «Los promotores pueden optar por la extensión de vida o por la repotenciación, y el momento de hacerlo depende de cada proyecto, no se puede generalizar ni imponer. La extensión de vida es una fórmula productiva, eficiente y sostenible, ya que mantiene la producción eólica necesaria para el ‘mix’ sin poner en peligro ningún aspecto de la seguridad», apostilla.
Por tal motivo, considera que «la aceleración de la repotenciación debe basarse en implantar medidas que la faciliten y reduzcan riesgo en el proceso», de modo que «en ningún caso la repotenciación se lleve a cabo bajo mandato y mucho menos asumir la amenaza de que un propietario pueda verse privado del acceso a la Red si no activa una repotenciación en el momento que una administración así lo decida».