La comisión bilateral de cooperación administración general del estado-comunidad autónoma de Galicia ha considerado concluidas las controversias existentes en relación con la ley de Galicia 7/2022, de medidas fiscales y administrativas, por un precepto relativo a la ley de aprovechamiento eólico.
El Diario Oficial de Galicia (DOG) publica este miércoles el acuerdo, por el que ambas partes consideran «resueltas las discrepancias manifestadas y concluidas las controversias expuestas».
En concreto, ambas partes acuerdan interpretar en un sentido el artículo 46 de la ley de acompañamiento a los presupuestos, que introduce una nueva disposición adicional séptima en la ley por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental.
Dicho sentido establece que la «declaración en que haga constar que el proyecto cumple con todos los requisitos para la autorización a excepción del permiso de acceso y conexión» prevista en ella será emitida por el órgano sustantivo para los únicos efectos de que el promotor pueda conocer el estado de tramitación del expediente en aplicación del derecho previsto en el artículo 53.1.a) de la ley de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El acuerdo será comunicado al Tribunal Constitucional, según recoge la disposición que publica la Vicepresidencia Primeira e Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes en el DOG.