El Ayuntamiento de Cerdedo-Cotobade ha presentado alegaciones en contra de la instalación de la línea de evacuación del Parque Eólico dos Cotos, que afecta además de a este ayuntamiento a los de Ponte Caldelas y Pontevedra.
En concreto, el Consistorio ha reiterado su rechazo al estudio de impacto ambiental y a las solicitudes de autorización administrativa previa y de construcción, al proyecto de interés autonómico y la declaración de utilidad pública de las instalaciones de la LAT 66 kV PE Dos Cotos-SE Pontesampaio.
En un comunicado, la administración local explica que sustenta el informe negativo del Ayuntamiento en un estudio realizado por la empresa Tysgal, especializada en temas medioambientales, contratada por el Consistorio para argumentar legal y científicamente la oposición a la instalación de este tipo de infraestructuras en el municipio.
El Ayuntamiento ha puesto a disposición de los vecinos, en las oficinas municipales, estas alegaciones sustentadas en el estudio de Tysgal para que puedan ser utilizadas por aquellas personas o entidades que consideren oportuno para presentar sus estancias en contra del proyecto.
Entre las consideraciones que realiza el informe municipal contrario al Parque Eólico As Penizas figuran unas de carácter jurídico, técnico, de afecciones sobre los derechos de los vecinos, la hidrología, el paisaje, la fauna, la flora, espacios naturales protegidos, etc.
Además, según las alegaciones, el proyecto no guarda un concepto unitario consustancial a un parque eólico y presentaría una fragmentación artificiosa. También estiman que no cumple con los requisitos para ser considerado de interés autonómico porque, entre otras razones, «no queda acreditado que el proyecto de la LAT suponga un desarrollo económico comarcal y local y que las actuaciones previstas posean una función vertebradora y estructurante del territorio, de impulso y de dinamización demográfica.
Además, el Consistorio considera que hay una falta de estudio de impacto social y económico porque «no se evalúa la afección sobre la calidad de vida de los residentes, actuales y futuros, del entorno donde se instalará la LAT y la subestación del PE Dos Cotos».
También indica, entre otras cuestiones, que se considera de interés de utilidad pública la construcción del parque eólico por el beneficio para la población en general de obtener energía renovable y menor dependencia de los combustibles fósiles. Con todo, apunta que la población que recibe los impactos y cargas como consecuencia de la construcción del parque y su red de evacuación no ven revertido un impacto positivo local en su calidad de vida ni en su economía local.