InicioECONOMÍAAnulado el calendario vacacional de tres secciones de la planta de Copo...

Anulado el calendario vacacional de tres secciones de la planta de Copo Ibérica por discriminar al personal eventual

Publicada el


El juzgado de lo Social 6 de Vigo ha dictado sentencia en la que estima una demanda del sindicato CUT y declara la nulidad del calendario de vacaciones de 2023 para tres secciones de la planta de Copo Ibérica (auxiliar de automoción dedicada a la fabricación de espumas para asientos y reposacabezas de vehículos), al considerar que se ha producido discriminación del personal eventual.

La demanda (que también se registró contra los sindicatos UGT y CIG) fue interpuesta después de que, según la CUT, la empresa decidiera de forma unilateral conceder a los trabajadores eventuales de tres departamentos solo dos semanas seguidas de vacaciones en verano, alegando que debían trabajar la semana 31 para cubrir la demanda de Stellantis. Mientras, para los trabajadores fijos se establecieron tres semanas seguidas de vacaciones (aunque hubo voluntarios fijos para trabajar también en la semana 31).

El juez señala en su resolución que los trabajadores eventuales no tuvieron alternativa, y tenían que trabajar la semana 31 «sin excepción ni opción alguna». Por tanto, considera que la empresa vulneró sus derechos fundamentales «por su condición de trabajadores temporales, sin otra justificación objetiva».

Así, el magistrado estima la demanda de la CUT y declara la nulidad del calendario vacacional del año 2023 para tres secciones de la empresa.

Con todo, y dadas las fechas y que dicho calendario ya se está aplicando, será difícil ejecutar esta sentencia, máxime cuando la empresa, según han explicado fuentes sindicales, ha confirmado el recurso.

«CLARA DISCRIMINACIÓN»

La CUT ha constatado que los trabajadores eventuales «quedaron fuera de la negociación del calendario vacacional, no teniendo más opción que gozar de sus vacaciones cuando la empresa unilateralmente decide». «Esto es una clara discriminación con respecto a las personas con contrato indefinido», ha subrayado el sindicato.

Según ha recordado, la normativa europea establece que no se puede dar a los empleados con contrato de duración determinada un trato menos favorable que a los fijos, a menos que existan razones objetivas, y ha lamentado que esa discriminación «es una práctica habitual en la mayor de las empresas». «Esta sentencia pionera representa un paso firme a futuro de cara a la defensa de la no discriminación de las personas trabajadoras en función de su tipo de contrato», han añadido desde la CUT.

últimas noticias

La Xunta destaca los beneficios de la terapia con animales en mayores y personas con discapacidad

La conselleira de Política Social, Fabiola García, ha destacado los beneficios de iniciativas como...

Empresarios gallegos avisan que los aranceles «pueden llevar a una paralización comercial» y piden «medidas de apoyo»

Empresarios gallegos alertan de que la "nueva incertidumbre" de los aranceles anunciados por el...

Publicada la licitación del proyecto del edificio de alojamiento compartido para jóvenes promovido por la Xunta en Vigo

La Xunta publica este jueves la licitación, por unos 445.000 euros, de la redacción...

Pesca.- La Cofradía de Cambados continúa la siembra de 2,8 millones de almeja babosa para regenerar O Galiñeiro

La Cofradía de Cambados continúa con las tareas para la regeneración del banco de...

MÁS NOTICIAS

Empresarios gallegos avisan que los aranceles «pueden llevar a una paralización comercial» y piden «medidas de apoyo»

Empresarios gallegos alertan de que la "nueva incertidumbre" de los aranceles anunciados por el...

Abanca colabora la Agencia Tributaria en el pago de impuestos con bizum y tarjeta

Abanca colaborará con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) en la gestión...

Stellantis parará producción en Canadá y México por aranceles y recortará 900 empleos en EE.UU.

El grupo automovilístico Stellantis paralizará su producción durante dos semanas en una de sus...