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La cuantía mínima de las aportaciones privadas al fondo para recuperar terrenos quemados será de 100.000 euros

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La cuantía mínima de las aportaciones privadas al fondo de recuperación del territorio afectado por incendios forestales que prevé crear la Xunta a través de la ley de aprovechamiento de recursos naturales será de 100.000 euros.

Así lo establece el texto, que desde este viernes y durante 15 días se expone a información pública, después de ser aprobado este jueves por el Consello.

Las aportaciones privadas al fondo, que se beneficiarán de los incentivos fiscales al mecenazgo, podrán consistir en donaciones y aportaciones irrevocables, puras y simples. Asimismo, podrán formalizarse convenios de colaboración en actividades de interés general.

Se considerarán legalmente afectas a las finalidades generales del fondo, salvo que en la donación o negocio jurídico formalizado se precisara «una finalidad o destino específico».

Además, la ley precisa que este fondo actuará en terrenos quemados por aquellos incendios forestales que se declaren como «incidente singular» por el Consello de la Xunta.

La ley de promoción de los beneficios sociales y económicos de los proyectos que utilizan los recursos naturales de Galicia incorpora, entre otras cuestiones, la creación de una sociedad mixta para la gestión de proyectos de energías renovables con mayoría de participación privada y la implantación de un canon para la eólica marina.

FONDO PARA MONTES QUEMADOS

Por su parte, el Fondo de Recuperación del Territorio Afectado por Incendios Forestales de Incidencia Singular, como se denomina en el anteproyecto, se crea como «un fondo específico» y «de carácter finalista», destinado a financiar las actuaciones de recuperación de las zonas del territorio afectadas.

Le corresponde al Consello de la Xunta declarar qué incendio forestal es considerado «como incidente singular» mediante acuerdo que se adoptará por propuesta del conselleiro de Medio Rural, después de informe del director xeral responsable en la materia.

«Este informe se emitirá atendiendo a diversos criterios técnicos relativos a la intensidad o incidente de los efectos provocados por el incendio forestal y, entre ellos, a la afección a las personas y a sus bienes, a superficie o tipo de terreno afectado, a los valores forestales o ambientales afectados o a otras circunstancias técnicas motivadas», expone.

Así, el fondo se financiará con cargo a las asignaciones que figuren en los presupuestos iniciales de la Administración autonómica gallega, con las aportaciones que procedan de otras administraciones públicas, con las procedentes de donaciones «y/o con otras aportaciones del sector privado».

Corresponde a la consellería determinar la tipología de actuaciones y las operaciones concretas a la que estará destinado el fondo.

En el supuesto de que el incendio forestal afecte a elementos que correspondan a materias de la competencia de otras consellerías, estas podrán proponerle a Medio Rural la aplicación del fondo para la recuperación de dichos elementos dañados por el incendio.

Entre otras medidas, el anteproyecto se refiere a la limpieza, puesta en cultivo y las mejoras, incluso de carácter permanente, en los predios afectados, cuyos beneficiarios podrán ser tanto los titulares como los arrendatarios.

Estas actuaciones podrán ser desarrolladas directamente por la indicada consellería o a través de los entidades colaboradoras, de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente en materia de subvenciones.

También prevé prestar apoyo técnico y asesoramiento a las personas afectadas, dirigidos a la recuperación de los terrenos afectados, y suscribir convenios con las entidades públicas o privadas afectadas, de acuerdo con la normativa vigente, para facilitar la recuperación de los terrenos afectados, así como con entidades financieras para facilitar operaciones financieras o el anticipo de subvenciones dirigidas a las entidades afectadas.

Entre otras cuestiones, también señala a la promoción de convenios con sociedades de garantía mutua para apoyar a los agentes productivos que participen en las operaciones de recuperación y «que no cuenten por sí mismos con las garantías económicas suficientes».

Medio Rural creará, según la ley, una comisión general de seguimiento del fondo formada por personas representantes del sector público y de las entidades pertenecientes al sector privado que aporten al fondo y, de ser el caso, otras relacionadas con el sector forestal o con la protección ambiental.

También se podrán crear comisiones territoriales de seguimiento del fondo, específicas para cada zona afectada por incendios, que estarán formadas por personas representantes del sector público y de entidades del sector privado que hicieran aportaciones al fondo o sean representativas en el ámbito territorial afectado.

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