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El Puerto apelará el archivo de la causa de O Marisquiño al considerar que era responsabilidad del Ayuntamiento

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La Autoridad Portuaria de Vigo interpondrá recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Pontevedra tras conocerse el auto dictado por el Juzgado de Instrucción número 3 de la ciudad olívica en el que se ha acordado el sobreseimiento de la causa penal del accidente de O Marisquiño 2018.

En un comunicado, el Puerto ha considerado que la decisión de la magistrada contradice las decisiones judiciales del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), declaradas firmes por el Tribunal Supremo, y que concluyen que la responsabilidad del mantenimiento de este espacio correspondía al Ayuntamiento de Vigo.

En este contexto, la institución presidida por Jesús Vázquez Almuiña recuerda que el informe de la Fiscalía, de fecha 20 de diciembre, se emitió 6 días después de que el Tribunal Supremo inadmitiese los recursos presentados por el Ayuntamiento contra las sentencias del TSXG y ratificase que incumplió el mantenimiento de la zona que se hundió.

«De acuerdo con sendas sentencias del TSXG, el deber de mantenimiento de la infraestructura colapsada correspondía en exclusiva al Ayuntamiento de Vigo, que lo incumplió por completo y, en concreto, respecto de la plataforma que colapsó y, pese a tal incumplimiento, que causó su grave degradación, permitió el acceso masivo de público a una plataforma que, de acuerdo con la sentencia, ‘sería válida para el uso al que se destinaba, pero no para un uso más intenso, como posteriormente se demostró», ha reivindicado el Puerto.

Así, incide, además, que los fallos del TSXG han ganado firmeza tras la inadmisión a trámite de los recursos de casación interpuertos por el Ayuntamiento.

Por este motivo, el organismo portuario considera que la decisión de sobreseimiento no solo ignora, sino que contradice las sentencias del TSXG refrendadas por el TS, «que han adquirido fuerza de cosa juzgada».

Para el Puerto, la negligencia determinante de responsabilidad penal radica, ante todo, en el hecho de haber autorizado la celebración de un concierto sin conocer el estado de la infraestructura en el que se iba a celebrar.

«El Puerto de Vigo considera que los afectados por el accidente tienen derecho a escuchar a los responsables municipales que autorizaron el evento y que no han declarado antes de que se archive la causa», ha reivindicado la Autoridad Portuaria.

«Por último, el Puerto de Vigo apunta que la decisión judicial califica los hechos acontecidos desde la perspectiva de su posible tipificación como un delito de lesiones por imprudencia cuando, además, estos son constitutivos de un delito agravado de daños», ha añadido el Puerto.

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