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La ley de acompañamiento contempla «por primera vez» la regulación de un periodo de prueba para interinos

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La ley de acompañamiento a los presupuestos de la Xunta para 2023 contempla «por primera vez» la regulación de un periodo de prueba para el primer nombramiento del personal funcionario interino.

Según recoge la norma, que entró este jueves en el Parlamento junto a las cuentas, esta regulación consta de unos plazos «similares» a los establecidos también para el personal laboral de la Xunta. También prevé las consecuencias en caso de su «no superación».

En concreto, establece que el primer nombramiento como personal funcionario interino en un determinado cuerpo, escala o especialidad «estará sujeto a un periodo de prueba».

Dicho periodo tendrá una duración de tres meses para los cuerpos, escalas o especialidades del Grupo A; dos meses para el grupo B y el subgrupo C1 y un mes para el subgrupo C2 y la agrupación profesional.

Entre otras cuestiones relativas al empleo público, la norma añade una nueva disposición adicional en la ley de este colectivo en Galicia «contemplando una modalidad específica de promoción del personal laboral».

COMPENSACIONES ECONÓMICAS EN EL CES

También la ley de acompañamiento a las cuentas modifica la norma de creación del Consello Económico e Social (CES) para dotar de seguridad jurídica las compensaciones que reciben los participantes.

Así, incorpora un nuevo artículo a la ley del año 95 por la que se creó el CES referido a «compensaciones económicas», en el que establece que «sin prejuicio de las cuantías que puedan percibir en concepto de ayudas de coste» los miembros de este organismo (dietas), las organizaciones representadas en el mismo «tendrán derecho a percibir compensaciones económicas por los gastos en los que incurran en el desarrollo de las actividades realizadas con motivo de su participación».

De este modo, según explican fuentes del CES consultadas por Europa Press, además de «más seguridad jurídica», también se busca precisar que estas cuantías serán distintas a las compensaciones económicas que recoge la ley de participación institucional de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas de Galicia.

La cuantía –que se venía cobrando desde la creación del CES, precisan las mismas fuentes– a percibir por cada organización «atenderá al número de representantes con que cuente, y para calcularla se dividirá la cuantía global consignada en el presupuesto del CES anualmente para estas compensaciones entre el número total de representantes».

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