El Juzgado de lo Mercantil número 2 de A Coruña ha acordado denegar la apertura de la fase de liquidación de la planta de Alu Ibérica en A Coruña, interesada por el administrador judicial junto con la solicitud de declaración de concurso, según informa el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).
La jueza indica en el auto, contra el que cabe presentar recurso, que «resultaría imprudente acordarla ahora por la solicitud de la administración judicial cuando, como poco, existen dudas acerca del alcance de sus facultades para instar la liquidación, y teniendo en cuenta las consecuencias, en particular en lo referido a la disolución de la sociedad».
La magistrada, no obstante, ha señalado en el auto que la denegación de la apertura de la fase de liquidación la ha realizado «sin perjuicio de lo que pueda solicitarse y acordarse durante la tramitación del procedimiento».
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de A Coruña declaró en concurso voluntario de acreedores a la planta coruñesa, tras considerar acreditado su estado de insolvencia.
En ese auto, de fecha 30 de noviembre, la magistrada no resolvió sobre la solicitud de apertura de la liquidación de la sociedad, pues consideraba que no procedía pronunciarse sobre esa cuestión en ese momento procesal.
Por ello, concedió un plazo de cinco días al administrador judicial, que actúa en nombre de la empresa, para acreditar que estaba autorizado para solicitar la liquidación y, además, otorgó al administrador concursal designado un plazo de cinco días desde su toma de posesión para informar sobre la apertura de la liquidación.