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La CIG reclama un salario mínimo de 1.150 euros mensuales, el 60% del sueldo medio actual

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La CIG reclama que el salario mínimo interprofesional se eleve hasta los 1.150 euros al mes para situarlo en el 60% del sueldo medio actual, «tal y como establece la carta social europea».

La central nacionalista acusa al Gobierno central de «echar mano de datos antiguos» para limitar su incremento, de forma que cada trabajador «dejará de ingresar 100 euros mensuales».

Y es que, según indica esta organización, la semana pasada un comité de expertos «designado ad hoc» por la ministra de Trabajo, en el que participan representantes de UGT y CC.OO., de la CEOE y Cepyme y de los ministerios de Hacienda y Economía, «propuso que el salario mínimo interprofesional tenía que situarse en un tramo entre los 1.011 y 1.049euros al mes para el próximo año 2023».

Por su parte, la CIG recuerda que el 8 de junio el estado español ratificó la carta social europea, que en su artículo cuatro «reconoce el derecho de los trabajadores a una remuneración suficiente que les proporcione a ellas y a sus familias un nivel de vida decoroso».

«Y fue el comité de derechos sociales de Europa el que estableció ese salario decoroso situándolo en al menos el 60% del salario medio», resalta.

En este contexto, critica que la comisión de expertos utilice como referencia para calcular el SMI los datos aportados por la encuesta de estructura salarial de 2018.

El salario medio mensual del último trimestre de 2020 fue de 1.899,9 euros, por lo que el 60% en 2021 debería ser de 1.139,94 euros, «unos 100 euros al mes más de la prometida subida salarial que quieren aplicar en 2023», confronta.

Además, la CIG agrega que «hay que añadir las diferentes subidas del IPC en 2021, 22 y 23 (…) que se perderían al aplicar el cálculodel año 2018».

Ante esto, demanda a Trabajo y al Ejecutivo español «que dejen de mentir y engañar a la clase trabajadora» y que aumenten el salario mínimo interprofesional hasta los 1.150 euros mensuales.

Por último, también solicita la supresión del indicador de renta de efectos múltiples y la utilización del salario mínimo como única referencia de indicador público para los efectos de fijar la cuantía de cualquier prestación social pública, además de emplearlo para el cálculo de las pensiones mínimas.

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