El expresidente del Banco Popular Ángel Ron podrá cobrar su compensación por prejubilación, que asciende a unos 12,8 millones de euros, según ha dictaminado la Audiencia Provincial de Madrid, que ha enmendado en este punto la sentencia del Juzgado de Primera Instancia Número 47 que le condenó a devolver al Banco Santander lo percibido de la misma y otras cantidades cobradas tras su cese por unos 230.000 euros.
El Santander reclamó a Ron que devolviera las retribuciones cobradas un año antes de la caída del Popular. Una de las reclamadas era la compensación por prejubilación que debía pagarle Mapfre tras su salida de la entidad financiera, en febrero de 2017, por un total de 12,8 millones de euros que iría percibiendo año a año hasta cumplir los 65, y que dejó de cobrar cuando se activó el proceso judicial.
El fundamento del Santander para reclamar lo ya cobrado y cancelar las cuotas pendientes está en las llamadas cláusulas ‘clawback’ y ‘malus’, que –según explica la Audiencia Provincial en su fallo–, permiten amoldar las retribuciones variables de los altos cargos al cumplimiento de objetivos y a la situación económica del banco.
En este sentido, los magistrados de la Sección Decimonovena entienden que, dado que en 2016 el Popular ya afrontaba «una situación financiera delicada» que desembocó en su resolución en 2017, se da el presupuesto básico para la activación de dichas cláusulas.
Sin embargo, matizan que esas mismas cláusulas no son aplicables a la compensación por prejubilación por cuanto no tiene la naturaleza de retribución variable. Para ello, se basan en el propio contrato de Ron, que distingue ambas cosas: en el Protocolo de Extinción, donde se hace «expresamente» dicha distinción, y en una carta dirigida por el Banco Central Europeo a la entidad financiera, que indica asimismo que esta pensión no es una remuneración variable.
«En definitiva, la parte demandante (Santander) pretende la ampliación de la exigencia o condicionamiento del cumplimiento de objetivos económicos con aplicación de las cláusulas de reducción en relación a una prestación, compensación por prejubilación, que no se vinculaba a tales extremos en el contrato y que se configuraba claramente como un concepto retributivo distinto del variable, (…) único al que le eran de aplicación las tantas veces citadas cláusulas», exponen.
En consecuencia, la Audiencia Provincial estima el recurso presentado por Ron en este punto, lo que significa que el ex presidente del Popular no tendrá que devolver la compensación por prejubilación ya percibida y que seguirá recibiendo las cuotas correspondientes a la misma hasta alcanzar la edad de jubilación, en su caso los 65 años.
NO ENTRA A VALORAR LA ACTUACIÓN DE RON
Asimismo, ha querido aclarar que «el núcleo esencial del litigio» es «la interpretación del contrato que vinculaba a ambas partes y su alcance», subrayando que «no consiste en el análisis de la actuación profesional del condenado ni de su intervención en la situación que condujo a la resolución del Banco Popular», cuestiones que consideran «ajenas» a este procedimiento.
No obstante, la Audiencia de Madrid ha confirmado la sentencia del juzgado de primera instancia en los demás aspectos. Así, tendrá que devolver los 215.546 euros recibidos por las remuneraciones variables de 2013 y 2014 en los años 2015 y 2016.
Ron también fue condenado a reembolsar los 13.093 euros correspondientes a la remuneración cobrada por adelantado en el primer trimestre de 2017 sin haber desempeñado efectivamente el puesto de consejero desde el 20 de febrero de 2017.
Banco Santander ha decidido recurrir la sentencia al Tribunal Supremo, según fuentes conocedoras consultadas por Europa Press.