La Comisión Europea ha asegurado que la resolución del conflicto sobre la compañía Alu Ibérica corresponde a los tribunales nacionales, en este caso la Audiencia Nacional, pero ha señalado también que vigilará «de cerca» la situación de los representantes sindicales de los trabajadores.
Así consta en la respuesta que el comisario de Empleo y Derechos Sociales, Nicolas Schmit, ha dado a la eurodiputada de Izquierda Unida, Sira Rego, y que se ha conocido precisamente el mismo día que el juzgado de instrucción número 3 de la Audiencia Nacional ha decretado la intervención judicial de la compañía.
«En principio corresponde a las autoridades y tribunales nacionales aclarar todos los hechos en relación con los despidos mencionados en su denuncia y analizar su legalidad a la luz de la legislación nacional aplicable», ha señalado el luxemburgués en su misiva fechada el pasado 28 de abril a la que ha tenido acceso Europa Press.
El comisario enfatiza en el documento que la Comisión Europea está «totalmente comprometida» con el fomento del diálogo social a nivel nacional, pero el Derecho comunitario no le otorga ninguna «competencia legislativa» con respecto al derecho de asociación. «Por lo tanto, no interviene en disputas individuales sobre la relación entre empleadores y trabajadores», añade.
En cualquier caso, Schmit subraya que las prácticas detalladas en la carta de la eurodiputada de IU son «particularmente preocupantes» y «deben ser resueltas a los niveles adecuados».
«Confío en que las partes involucradas encuentren una solución rápida y justa a este conflicto», apunta el responsable de Empleo del Ejecutivo comunitario, quien termina su texto anunciando que ordenará a sus servicios que vigilen «de cerca» la situación en la que se encuentran los representantes de los trabajadores de Alu Ibérica.
Schmit aprovecha el texto para recordar que la legislación europea actual establece que la propia venta de una compañía o negocio no es una base justifica el despido de trabajadores, aunque esta disposición no es aplicable en el caso de que se argumenten razones económicas, técnicas u organizativas.
También enfatiza que las normas establecen que «el estatus y la función de los representantes de los trabajadores debe preservarse en los mismos términos y sujetos a las mismas condiciones que existían antes de la venta» de la empresa si ésta mantiene su autonomía.