El Juzgado de lo Social Nº4 de Santiago ha declarado nulo el despido de un trabajador de un concesionario de Caeiro SA en Ribeira (A Coruña) en «represalia» por ser candidato de la CIG en unas elecciones sindicales, por lo que obliga a su readmisión.
Según figura en el fallo, con fecha del 29 de julio de 2020, la empresa tendrá también que abonarle los salarios de tramitación y reconocerle su condición de delegado sindical. Contra esta sentencia cabe presentar recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).
Este trabajador fue despedido el 19 de diciembre de 2019 por una «falta laboral», justo un día después de presentarse por la CIG a las elecciones sindicales a celebrar en enero de 2020.
El juez declara probado que la empresa «indagó» a través de una comunicación con otro empleado sobre lo ocurrido en la asamblea del 18 de diciembre para la presentación de candidaturas. Además, concluye que queda acreditado que «no existe causa que justifique el despido del trabajador».
Por tal motivo, la Sala falla que «el despido constituye una represalia de la empresa al trabajador por ser candidato en el proceso electoral y, posteriormente, salir electo como representante legal de los trabajadores».
El personal eligió a este trabajador como su representante en las elecciones sindicales del 21 de enero. Este resultado fue impugnado por la empresa, pero un laudo arbitral confirmó el 30 de enero la validez del proceso.
Por su parte, en un comunicado, la CIG denuncia que esta «no es la primera vez que la empresa recurre a presiones o represalias para impedir que salgan elegidos los representantes de la CIG, a favor de UGT».