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Condenan al CD Lugo a indemnizar con 216.000 euros al extrenador Luis César Sampedro por despido improcedente

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El juzgado de lo Social número 3 de Lugo ha condenado al Club Deportivo Lugo a indemnizar con 216.000 euros al exentrenador Luis César Sampedro al declarar improcedente su despido, decretado hace un año después de ocho partidos en la segunda etapa del preparador en el equipo.

La magistrada, en un fallo emitido el pasado lunes 18 de abril, considera que el club que milita en la Segunda División del fútbol español puso fin a la relación laboral con el preparador gallego «de forma injustificada».

En su segunda etapa en el club lugués, Luis César fue despedido del cargo el 19 de abril de 2021 después de ocho partidos marcados por los malos resultados y el ambiente enrarecido entre el preparador y la plantilla.

Ahora, en una sentencia contra la que cabe recurso de apelación, la justicia condena al CD Lugo a abonar 166.000 euros en concepto del salario fijo que dejó de percibir durante dos temporadas y otros 50.000 euros por la prima de permanencia en Segunda División.

El fallo determina que el club puso fin a la relación laboral «de forma injustificada» con lo que «privó al entrenador de la posibilidad de poder alcanzar los objetivos pactados», en relación a la prima por la permanencia en la categoría, que ascendía a un total de 25.000 euros por cada una de las temporadas por las que el entrenador había firmado.

La jueza entiende que la salida de Luis César se produjo por la «falta de conexión entre el director del equipo técnico y los jugadores» y que, por lo tanto, «en ningún caso» puede ser entendida como «un incumplimiento grave de las obligaciones laborales» por parte del entrenador arousano.

Así, la magistrada tumba los argumentos del club, que justificó el despido por «motivos disciplinarios» radicados en «una reiterada, oculta y continua dejación voluntaria y consciente de sus más elementales laborales»; algo que no ve ceñido a la realidad.

«Ninguna prueba se ha practicado en el acto de juicio que acredite el incumplimiento grave y culpable del actor de las obligaciones derivadas del contrato laboral», señala la sentencia, en la que, además, recoge que la decisión de finalizar la vinculación del entrenador con el club «ya estaba tomada» antes del 19 de abril de 2021.

Un día antes, los jugadores del club denunciaron el comportamiento del preparador, al que acusaban de dejación de funciones y de generar un clima desfavorable en el vestuario, lo que llevó a forzar ante la directiva la salida de Luis César.

Con todo, la jueza incide en que este no fue el motivo que desencadenó el despido, decisión que considera que ya estaba tomada de antemano. «La propia carta de despido de 24 de abril pone de manifiesto que la decisión extintiva ya estaba tomada, independientemente de la investigación realizada», incide.

Además, asegura que la mala trayectoria del equipo en la liga no puede ser imputable «en exclusiva» al entrenador, puesto que fue contratado «precisamente porque se había destituido a dos entrenadores debido a los malos resultados obtenidos».

Otro de los argumentos esgrimidos por el club y que descarta la magistrada son las acusaciones al entrenador de no visualizar los vídeos de los equipos rivales o no dar charlas motivacionales antes de los partidos; funciones que, para la jueza, «no se imponían al técnico en el contrato». Sobre la ausencia de instrucciones a los jugadores durante los partidos, la sala apunta que el club no aportó las grabaciones que permitan comprobar si las realizaba o no.

«En la carta de despido se utilizan fórmulas genéricas y repetitivas que no acreditan hechos concretos; no se identifica a los trabajadores o miembros del equipo técnico que fueron entrevistados para el esclarecimiento de los hechos», incide finalmente la jueza, que también recoge que sólo dos «de los más de 20 jugadores que suelen componer» una plantilla de fútbol declararon en el juicio que el entrenador no daba las instrucciones adecuadas.

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