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El plan rector del Parque Natural de Corrubedo supera uno de los últimos trámites previos a su aprobación definitiva

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El plan rector de usos y gestión (PRUX) del complejo dunar de Corrubedo y de las Lagoas de Carregal e Vixán ha superado este miércoles un trámite decisivo para su aprobación por parte del Consello de la Xunta, según ha informado la Consellería do Medio Ambiente en un comunicado.

En concreto, la junta rectora del parque natural ha sido informada del contenido del decreto de modificación del plan de ordenación de recursos naturales (PORN) y de aprobación del PRUX, documento que incluye tres anexos con la propuesta de zonificación, el contenido del nuevo plan rector y la cartografía.

Una vez superado este trámite, el nuevo instrumento estará en disposición de someterse la consulta pública este mismo mes por un período de 15 días. Finalizado dicho plazo y tras analizar las aportaciones recibidas y valorar posibles modificaciones, el PRUX se remitirá al Consello Galego de Medio Ambiente e Desenvolvemento Sostible (Cogamads) para someterlo a su informe, previsiblemente en el mes de abril. Este será el último paso antes de su aprobación definitiva por parte del Consello da Xunta.

El departamento que dirige Ángeles Vázquez ha recordado que el PRUX es un documento requerido por la Ley de patrimonio natural y de labiodiversidad de Galicia para regular los usos públicos de los parques y reservas naturales de la Comunidad, así como las medidas de gestión necesarias para compatibilizarlos con la conservación de estos espacios.

El nuevo plan rector de uso y gestión del Parque Natural de Corrubedo establece medidas de regulación específicas de las diferentes actividades y de conservación de los componentes clave de la biodiversidad. Además, precisa los criterios de zonificación así como la propia gestión del territorio, teniendo un compromiso claro con su conservación y su uso racional a través de acciones locales, regionales y nacionales.

De este modo, establece y regula los usos dentro de cada unidad de zonificación establecida. Así, las casi 1.000 hectáreas que abarca el parque se dividen en tres. En primer lugar, la Zona I o de uso limitado (573 ha), las áreas con valores naturales excepcionales que requieren de una mayor protección, diferenciando entre zona litoral y zona de lagunas y marismas.

La Zona II o de uso compatible (369 ha) contempla aquellas que albergan hábitats prioritarios o de interés comunitario, o de interéspara la conservación, incluyendo espacios muy demandados por el uso público, como la playa. Y, por último, la zona III o de uso general, que incluye los terrenos desnaturalizados por la actividad humana o en los que se genera una actividad antrópica elevada, como parcelas urbanas, equipaciones e infraestructuras de uso público.

Entre las medidas concretas fijadas en el PRUX, la Xunta destaca la erradicación o control de la presencia de especies exóticas invasoras (EEI) dentro de su ámbito, marcándose cómo objetivo reducir como mínimo en un 75% la presencia de EEI en la zona de uso limitado y por lo menosen un 25% en el conjunto del parque natural. Además, busca restaurar aquellos hábitats y especies de interés afectadas por la presencia de este tipo de especies; y evitar expresamente el cultivo de la acacia y la cortaderia seollana (hierba de las pampas).

USOS Y APROVECHAMIENTOS

En cuanto a los usos y aprovechamientos previstos, se seguirá permitiendo en la zona libre de marisqueo de la playa de LadeIra, y bajo las condiciones actuales, el aprovechamiento de recursosmarinos. Por su parte, con relación a los usos agroganaderos, también se mantendrán previéndose a corto y medio plazo que las explotaciones continúen siendo pequeñas, con un alto grado de parcelación y orientadas, principalmente, a autoconsumo.

De igual manera, dentro del PRUX se incluyen una serie de directrices con el objetivo de favorecer la diversificación de los aprovechamientos de las masas forestales y el progresivo relevo de masas de pino insigne por masas de especies autóctonas.

En el relativo a la playa, se permitirá el acceso exclusivamente a pie y sólo por las vías y áreas autorizadas. Además,, se prohíbe la realización de windsurf, land windsurf, kitesurf y deportes similares aunque sí se permitirá la práctica de surf y pádel surf de manera individual.

Otra de las novedades introducidas por el documento es el establecimiento de un plan de emergencias, con el que se pretende optimizar la utilidad de los recursos técnicos y humanos disponibles en el parque natural, con el objetivo de controlar de forma rápida la evolución de una posible situación de riesgo y minimizar sus consecuencias sobre personas, bienes materiales, naturales o culturales que pueden producirse ante una emergencia.

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