El juzgado de lo contencioso-administrativo número 1 de Santiago ha dictado una sentencia en la que estima parcialmente un recurso presentado por la familia de un paciente transplantado de pulmón de Vigo, que falleció a causa del diagnóstico tardío de un neumotórax (que derivó en una infección), y condena al Sergas y a su aseguradora a pagar una indemnización de 44.000 euros más intereses.
Según la sentencia (que no es firme), a la que ha tenido acceso Europa Press, los servicios médicos del Sergas incurrieron en una grave demora, al no detectar un neumotórax cuando el paciente acudió a Urgencias del Complejo Hospitalario Universitario de A Coruña. El problema fue diagnosticado una semana después, cuando la situación del hombre ya había empeorado de forma irremediable.
Los hechos se remontan a principios de 2014, cuando J.M.I., de 57 años de edad y transplantado de pulmón desde 2009, acudió al servicio de Urgencias del Hospital Meixoeiro de Vigo, donde se le diagnosticó una reagudización de la Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica (EPOC), y quedó ingresado durante casi tres semanas.
Tras recibir el alta, y varios días después, volvió a encontrarse mal, y optó por acudir el 13 de febrero al servicio de Urgencias del CHUAC (donde se le había hecho el transplante). Allí se le realizaron varias pruebas, entre ellas radiografía de tórax, y se le envió a su domicilio tras confirmar el diagnóstico de reagudización de la EPOC.
Una semana después, tras empeorar, volvió al CHUAC y los facultativos revisaron la radiografía que le había hecho siete días atrás. En ella se percibía que ya tenía un neumotórax en el pulmón derecho, y su situación se había agravado. Así, fue ingresado e intervenido pocos días después, pero no logró recuperarse y falleció el 17 de marzo.
DIAGNÓSTICO TARDÍO
El abogado Cipriano Castreje, que representa a la familia del fallecido en este procedimiento, ha señalado que J.M.I. debía haber sido hospitalizado la primera vez que llegó a Urgencias del CHUAC, para que lo sometieran a un drenaje «de inmediato» y le administraran antibióticos por vía intravenosa.
Sin embargo, no fue tratado hasta una semana después y empeoró. De hecho, en su sentencia, la jueza señala que hubo «una grave demora de los servicios médicos del Sergas ante un paciente con una patología severa de modo que, en términos de causalidad física, el retraso en el diagnóstico y en el tratamiento determinó el daño sufrido».
La magistrada concluye que «no se pusieron a disposición del paciente los medios y conocimientos de la sanidad pública para prevenir y evitar» su fallecimiento, con una demora de siete días en el diagnóstico.
Por todo ello, y ponderando que la media de vida de este paciente tras el transplante de pulmón se había establecido en 11 años, el tribunal ha determinado que el Sergas y su aseguradora deberán indemnizar a la familia del fallecido en 44.000 euros más intereses.