El Diario Oficial de Galicia (DOG) ha publicado una orden de la Consellería do Medio Rural mediante la que se flexibilizan las limitaciones de desplazamientos que afectan a agricultores de autoconsumo que se trasladan a parcelas cercanas a su vivienda en las que desarrollan su actividad.
Según ha trasladado la Consellería do Medio Rural, esta norma modifica las restricciones de su movilidad impuestas por la situación de emergencia sanitaria el pasado 24 de marzo mediante el DOG, que limitaba los desplazamientos de los agricultores a cultivos y viñedos no comerciales situados a menos de 500 metros de su vivienda.
Mientras, la nueva orden permite la atención de las parcelas situadas en el mismo término municipal en el que residen estas personas o a una distancia máxima de 5 kilómetros en el caso de que estén localizadas en otro ayuntamiento. No obstante, el número máximo de personas que pueden encontrarse en una finca se mantiene en dos y se señala que estas deberán respetar la distancia de seguridad y los protocolos de prevención establecidos por las autoridades sanitarias.
Asimismo, los agricultores deberán presentar una declaración responsable en la que se detallen los cultivos no comerciales que realizan y en qué parcelas los llevan a cabo. En el caso de cultivos ecológicos, se deberá también indicar en la declaración que no se utilizan tratamientos fitosanitarios y que se carece del carné de manipulador de los mismos. Las personas que utilicen estos productos podrán presentar esta acreditación de modo adicional a la declaración responsable.
Adicionalmente, los agricultores deberán justificar en el documento que se han desplazado de modo habitual a las parcelas para realizar actividades de autoconsumo durante, al menos, un año; datos que podrán ser verificados por la Administración.
AGRICULTURA PROFESIONAL
Por su parte, los agricultores y viticultores profesionales y sus empleados podrán continuar la realización de los desplazamientos precisos para llevar a cabo trabajos de atención y mantenimiento de cultivos y viñedos. Así, podrán acreditar su condición de profesionales mediante su inscripción en el Registro de Explotaciones Agrarias de Galicia (Reaga).
Los viticultores profesionales también podrán acreditar esta condición mediante el carné de manipulador de productos fitosanitarios y la tarjeta de registro del Consello Regulador de la Denominación de Origen.