La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha absuelto al marido de la madrina de una menor del delito continuado de abusos sexuales del que estaba acusado aduciendo que la prueba practicada «no es bastante» para anular su presunción de inocencia.
En la sentencia, la Audiencia apunta que la declaración de la menor, como única prueba, «sin datos de carácter objetivo que puedan corroborar los hechos narrados», no es suficiente como para no considerar la presunción de inocencia del acusado.
Fiscalía, que pedía para el hombre cuatro años de prisión, explicaba en su escrito de acusación que la niña solía acudir los fines de semana al domicilio de una prima del padre que estaba casada con el acusado, donde, «en múltiples ocasiones», el ahora absuelto «aprovechaba el momento de acostar a la menor para tumbarse junto a ella y efectuarle tocamientos por encima de la ropa».
Sin embargo, la Audiencia considera que, en su declaración, la menor «no alude a dato concreto alguno que permita relacionar cualquiera de los hechos que relata con alguna ocasión o fecha concreta», al tiempo que menciona que los testigos –la madrina, su abuela u otra tía– no corroboraron su versión, explicando, por ejemplo, que la menor nunca dormía sola. Dos psicólogas que trataron a la menor tampoco tuvieron conocimiento de que esto estuviese sucediendo.