La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a un año y medio de prisión al excontable de la Cofradía de Pescadores San Martiño de O Grove (Pontevedra) por la comisión de un delito de malversación de caudales públicos tras concluir que se apropió de unos 250.000 euros de la entidad entre 2009 y 2010.
Según ha recogido la sentencia, contra la que cabe recurso, de acuerdo con el veredicto del Tribunal de Jurado, también se ha impuesto una pena de tres años de inhabilitación absoluta para esta persona tras contemplar las atenuantes de confesión, dilaciones indebidas y ludopatía, así como la circunstancia agravante de abuso de confianza.
Además, el excontable, que trabajó para la cofradía entre 2003 y 2010, deberá indemnizar a la entidad de pescadores en 28.000 euros, así como abonar 7.000 a una aseguradora en concepto de responsabilidad civil.
El tribunal ha considerado probado que el acusado «ideó a principios de 2009 el plan de ir haciendo suyas diversas cantidades de dinero propiedad de la Cofradía de Pescadores» y ha recordado que estuvo autorizado para disponer de sus fondos entre junio de 2007 y octubre de 2010.
Así, la sentencia considera que La Caixa «obró de forma negligente, al permitir al acusado efectuar por sí solo transacciones telemáticas vía internet en la cuenta, sin contar con la firma o actuación mancomunada» de la cofradía. En total, se ha detallado que esta persona se apropió de unos 220.000 euros, así como que esta entidad bancaria ha indemnizado a la agrupación, que renunció a llevar a cabo acciones civiles, en esta misma cantidad.
Asimismo, se ha afirmado que, mediante cantidades extraídas por el acusado de las cuentas existentes en la entidad Banesto, se defraudaron 28.000 euros más. Así, este hombre deberá abonar esta cantidad a la agrupación de pescadores. Además, la aseguradora de cofradía indemnizó a esta en 7.000 euros, importe que el excontable deberá transferir a la compañía.
CONFESIÓN
El Tribunal de Jurado ha señalado que este hombre confesó haberse apropiado de unos 190.000 euros de la entidad de pescadores en noviembre de 2010 ante el Juzgado de Instrucción número 1 de Cambados «debido a que sabía que en la cofradía le habían descubierto y que sería rápidamente denunciado por ello». Así, ha resuelto que «en el momento de cometerse los hechos estaba aquejado del trastorno del control de impulsos conocido como ludopatía y que «obró vulnerando el deber de lealtad que tenía» con la agrupación.
Sin embargo, el tribunal no ha considerado probada la apropiación, entre 2009 y 2010, de 26.205 euros «procedentes de los depósitos que los clientes de la cofradía debían efectuar como garantía para poder comprar en la lonja» ante la falta de control de la caja en la que se ingresaban estos importes. También se ha desestimado que hiciese suyos más de 212.000 euros de la recaudación por ventas de la pescadería de la cofradía durante los años 2009 y 2010 por el mismo motivo.
Adicionalmente, la sentencia remarca que la falta de liquidez de la cofradía, que conllevó que esta no pudiese abonar a la Consellería de Facenda la tasa derivada de las ventas en lonja durante el periodo 2009-2010, «no se puede atribuir solamente a las cantidades retiradas y admitidas por el acusado». El Tribunal de Jurado tampoco ha observado relación entre las acciones achacadas al acusado y el hecho de que la entidad de pescadores tuviese que acordar el fraccionamiento o aplazamiento de la deuda del contrato de arrendamiento de seguridad tras denunciarlo.