El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Ourense ha desestimado el recurso presentado por la Asociación Vecinal Cultural O Muiño da Lama contra la concesión, por parte del Ayuntamiento de Xinzo de Limia, de licencia de obra para instalar una planta asfáltica en la Cantera de Bouzas, en el lugar de Parada de Ribeira.
Así, el fallo asegura que «es evidente que no existe afectación directa» a áreas protegidas, dado que la instalación «no se sitúa en la zona de especial protección para aves ZEPA de A Limia», destaca el juez, al tiempo que precisa que no «hay ningún informe que acredite afectación indirecta».
Por ello, considera que son innecesarias la evaluación ambiental ordinaria y la autorización ambiental integrada por la presencia de productos químicos. «Al no apreciarse infracción en este trámite, necesariamente debe conducir a la desestimación del recurso», indica.
El fallo también considera «evidente» que el castro y los restos arqueológicos próximos a la instalación «no se ven afectados de ninguna forma por ella».
El juez insiste en que la explotación proyectada «no se encuentra dentro del espacio de protección de la ZEPA y, por ello, debe otorgarse la licencia de obra, como así se hizo». Además, resalta que, por parte de los órganos competentes de la Xunta de Galicia «se ha valorado la existencia de la ZEPA, lo cual no ha sido óbice para que se concediese la autorización».