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El juzgado condena a Audasa a devolver los peajes «abusivos» cobrados a los usuarios durante las obras de Rande

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El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra ha estimado parcialmente la demanda interpuesta por el Ministerio Fiscal contra Autopistas del Atlántico Concesionaria Española (Audasa) por el cobro «abusivo» de peajes durante las obras del Puente de Rande e insta a la compañía a «restituir el importe cobrado» a los usuarios afectados por alguna de las 81 incidencias de circulación registradas entre el 27 de febrero de 2015 y el mes de junio de 2018.

En la sentencia que estima esta demanda, a la que se adhirieron las asociaciones Adicae y En Colectivo, así como particulares, el magistrado declara «la nulidad de estas prácticas abusivas» consistentes en cobrar a los usuarios «los peajes de manera íntegra» cuando se produzcan incidencias calificadas por la DGT con el color negro, rojo o amarillo, siempre que a los usuarios no se les haya facilitado la información del estado de la vía con la antelación suficiente para que pudiesen optar por otra vía.

El juez considera «indiferente» en su fallo que las incidencias hayan sido motivadas directamente por las obras o por otras circunstancias, tales como accidentes, vehículos averiados, incendios o desprendimientos de tierras. «Lo relevante no es la causa, sino el hecho de cobrar un precio a un consumidor que no ha recibido la prestación del servicio y al que no se le ha proporcionado la información necesaria para que pudiese tomar su decisión», subraya.

Asimismo, el titular del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra recalca que «no consta en modo alguno que hubiese alguna causa de fuerza mayor que impidiese a Audasa informar a los conductores con la suficiencia y antelación oportunas».

La empresa, además, deberá asumir el coste de la publicación del fallo de la sentencia, junto con la lista de las 81 incidencias admitidas, en el diario de mayor difusión de España. Los usuarios que hayan sido afectados por alguna de ellas, podrán instar a que se les reconozca como beneficiarios de la condena.

En todo caso, el juzgado no ha aceptado en el fallo establecer los criterios a seguir por Audasa para garantizar el «cese de las prácticas abusivas» ni la exigencia de que la entidad presente al Juzgado un criterio de eliminación del precio del peaje en determinados casos, dado que no «corresponde» al ámbito judicial esta cuestión. Del mismo modo, también ha descartado considerar los hechos como un daño o perjuicio que merezca una compensación superior a la propia devolución del importe pagado.

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