El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado reconocer el complemento salarial de «penosidad, toxicidad, y peligrosidad» para un técnico de mantenimiento de electromedicina que presta servicios en el Complexo Hospitalario Universitario de Ourense (CHUO), al correr riesgos por estar en contacto con materiales contaminados, productos químicos y nocivos, o radiación.
Según se recoge en la sentencia, el alto tribunal gallego ha ratificado la resolución del Juzgado de lo Social número 2 de Ourense, en la que se estimaba la demanda formulada por el trabajador, desestimando así el recurso de suplicación presentado por la empresa de mantenimiento en la que este ejerce funciones como «maestro industrial» desde noviembre de 2023.
Así, la resolución ha reconocido el derecho del demandante a percibir dicho complemento en cuantía del 35% del salario base y condena a la entidad a abonarle la cantidad de 5.311,45 euros en concepto de plus de «penosidad, toxicidad y peligrosidad» de noviembre de 2023 a septiembre de 2024.
En esta línea, la Sala ha concluido que el convenio colectivo del sector (siderometal de Ourense) establece expresamente que las personas de empresas de mantenimiento que trabajen en centros hospitalarios –así como en centros penitenciarios– tienen derecho a dicho plus, rechazando así los argumentos de la empresa recurrente, que apuntaba a que «no se acredita» que los riesgos a los que está sometido el trabajador «se integran en el puesto de trabajo que desempeña».
LOS HECHOS
En concreto, el demandante ha ejercido su función en la categoría profesional de «maestro industrial» para distintas empresas desde marzo de 1997, desarrollando las funciones de técnico de mantenimiento electromedicina y prestando sus servicios en el CHUO.
Así, lleva a cabo labores como el cambio de filtros en extractores o máquinas en quirófanos, limpieza de torres de refrigeración, manipulación de químicos, trabajos en medicina nuclear y trabajos en habitaciones de personas «en situación de asilamiento».
Por ello, el perjudicado corre el «riesgo ocasional» de sufrir cortes por elementos que «puedan estar contaminados», así como de estar expuesto a la transmisión de enfermedades con pacientes aislados y de fluidos, de recibir radiaciones ionizantes, de estar en presencia de personal con trastornos mentales, o de inhalar y estar expuesto a productos químicos «nocivos» y corrosivos.

