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El administrador de una empresa de Vigo acepta un año de cárcel por la muerte de un empleado, aplastado por un elevador

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El administrador de una empresa de suministros navales de Vigo ha aceptado un año de prisión como autor de un delito contra los derechos de los trabajadores, en concurso con un delito de homicidio imprudente, por el fallecimiento de un empleado al que le cayó encima un elevador eléctrico.

La condena, con la aplicación de la atenuante de reparación del daño, ha sido impuesta tras una vista de conformidad celebrada en el tribunal de instancia de Vigo, sección penal, plaza 1, y además de la pena de prisión (que queda suspendida durante dos años a condición de que no delinca en ese tiempo), el procesado ha sido inhabilitado para desempeñar el cargo de administrador de empresas del mismo sector.

Los hechos ocurrieron en marzo de 2024, cuando este empleado, de 37 años, estaba con un compañero en una nave del Muelle de Reparaciones de Bouzas, preparando un palé con una carga de unos 480 kilos para meter en la furgoneta de la empresa. Como no podían cogerla con el apilador hidráulico, optaron por utilizar un elevador eléctrico desde el primer piso de la nave.

Así, engancharon la carga y, cuando se elevó, el puntal al que estaba anclada se desprendió, de manera que puntal y elevador cayeron desde una altura de unos 5,5 metros sobre el trabajador. El operario falleció horas después en el hospital, como consecuencia de las graves lesiones provocadas por el golpe.

La Fiscalía mantiene que el administrador de la empresa tenía la obligación legal de velar por la seguridad de sus empleados, darles formación en materia de riesgos laborales, así como porque los equipos que utilizaban fueron los adecuados.

Así, ha señalado en su escrito de acusación que, aunque la empresa contaba con un informe de evaluación de riesgos laborales, ese elevador eléctrico no había sido evaluado y los trabajadores no tenían otro equipo a su disposición para hacer esa tarea. Ello supone «una infracción grave» de la normativa de prevención de riesgos laborales.

Finalmente, tras el acuerdo, el ministerio público ha rebajado la petición de pena (inicialmente solicitaba dos años y medio de prisión). Los padres y la hermana del fallecido han renunciado a las acciones penales y civiles, al haber sido ya debidamente indemnizados.

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