El Tribunal Supremo (TS) ha resuelto suspender de manera cautelar el voto para las personas ya inscritas en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) que consiguieron la nacionalidad a través de la denominada ‘ley de nietos’, así como las nuevas altas en el mismo, salvo que acrediten que familiares sufrieron exilio.
Mediante una decisión adelantada este martes y recogida por Europa Press, la Sala de lo Contencioso-Administrativo estima medidas solicitadas por Vox y la organización Iustitia Europa.
Los magistrados establecen que para las personas que hayan obtenido la nacionalidad española por la disposición adicional de la Ley de Memoria Democrática conocida como ‘ley de nietos’ y que «aún no hayan sido inscritas en el CERA en el extranjero, se continuará la tramitación del correspondiente expediente de inscripción hasta su finalización».
Pero precisan que, «una vez finalizado dicho expediente, se suspenderá la inscripción en el citado censo hasta el dictado de la sentencia en este procedimiento».
En cuanto a las personas que hayan sido ya inscritas en el CERA, determinan que «se suspenderán los efectos electorales de la inscripción en dicho censo para los sucesivos procesos electorales que puedan convocarse, hasta el dictado de la sentencia en este procedimiento».
No obstante, subrayan que «no regirá» la suspensión de la inscripción prevista en los apartados anteriores para las personas con respecto a las cuales los encargados de los registros consulares «expidan certificación acreditativa de su condición de nacidos fuera de España, de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles, y que hubieran sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación de identidad sexual y que hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad».
El Supremo ordena por ello a la Junta Electoral Central (JEC) que requiera de inmediato sobre ese extremo a los encargados de los registros consulares.
También ordena a la Oficina del Censo Electoral, por conducto de la JEC, que desglose las inscripciones al censo que procedan de la directa aplicación de los de exilio.
El TS insta a que el JEC fije un plazo de no más de quince días para que la Oficina del Censo Electoral emita un informe sobre el alcance de la ‘ley de nietos’ que ya había solicitado.
Además, ha indicado que en los próximos días dará a conocer sendos autos con sus argumentos y que incorporará el voto particular de uno de los seis magistrados que han deliberado.
«RIESGO» DE DAÑOS IRREVERSIBLES
La decisión del Supremo llega después de una vista pública celebrada este lunes para analizar los presuntos efectos electorales que provocaría esa disposición adicional, donde Vox e Iustitita Europa reclamaron la suspensión cautelar, mientras se analice detenidamente el fondo del asunto, ante el «riesgo» de daños irreversibles.
Vox defendió la necesidad de esta medida para «preservar la legalidad, objetividad, transparencia e igualdad» en la formación del censo electoral y «evitar» que continúe «aumentando de forma anómala, cuando no legal».
Por su parte, Iustitia Europa apeló a la necesidad de la medida cautelar porque, según argumentaron, la sentencia podría llegar «cuando ya no pueda ser materialmente útil».
«Una sentencia estimatoria podrá ordenar la revisión del censo para procesos futuros», pero «lo que no podrá hacer es reconstruir con certeza una elección ya celebrada», indicó.
Mientras tanto, la Abogacía del Estado se opuso a la suspensión cautelar alegando que sería una privación del derecho fundamental al sufragio, reconocido en la Constitución, a ciudadanos que ya tienen reconocida su nacionalidad.
«¿Cómo podría privarse de derechos judiciales a personas que han adquirido una nacionalidad por actos administrativos firmes?», exclamó en representación del Gobierno.
Iustitia Europa, que impulsó uno de los recursos, ha celebrado este martes la decisión del alto tribunal asegurando que la organización «abrió esta batalla cuando nadie la había llevado hasta el final: primero ante la JEC, después ante el Supremo y finalmente en la pieza de medidas cautelares».
Vox, que también recurrió los efectos electorales, ha exclamado que el partido liderado por Santiago Abascal ha logrado «suspender el intento de manipulación del censo electoral para alterar las elecciones».

