La sección 4ª de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a penas que suman casi 17 años de prisión a Borja R., por los delitos de maltrato habitual y asesinato en grado de tentativa, después de que intentara matar a su expareja en Vigo rociándola con gasolina y prendiéndole fuego.
La Audiencia considera probado que, en la mañana del 14 de septiembre de 2024, el acusado esperó a la víctima, que había roto su relación con él unas semanas antes y que salía de la casa familiar para dirigirse a trabajar, y la agarró del pelo desde la espalda, arrastrándola y diciéndole que se iba a «enterar». Tras rociarla con gasolina, le prendió fuego y le dijo «adiós».
La mujer trató de apagar las llamas rodando por el suelo, mientras el acusado estaba de pie junto a ella. Para que se fuera, se quedó quieta y, cuando el hombre iba a abandonar el lugar, intentó llegar a la puerta.
Entonces, el acusado regresó y trató de agarrarla para que no pudiera pedir ayuda, pero las llamas se lo impidieron y acabó huyendo. La mujer pudo echarse agua por encima con una manguera, mientras gritaba y pedía auxilio a sus familiares.
La víctima sufrió quemaduras de segundo y tercer grado en casi el 30% de su cuerpo, y estuvo ingresada en la UCI, en coma, durante un mes. Además del tiempo de recuperación, sufre secuelas psicológicas (síndrome de estrés postraumático), física y estéticas, y tiene que recibir asistencia psicológica.
SENTIMIENTO DE SUPERIORIDAD Y POSESIÓN
La Audiencia también considera probado que, durante el tiempo de la relación, el acusado controlaba a la mujer, la menospreciaba e insultaba, y que no aceptó la ruptura. Así, mantiene que Borja R. actuó movido por un sentimiento de superioridad y posesión hacia ella, y con la intención de dominarla y menospreciarla.
A pesar de que el hombre sostuvo en el juicio que no recordaba los hechos, que estaba arrepentido y que era consumidor de drogas, e incluso que llegó a decir que era la víctima la que provocaba las discusiones porque era posesiva y celosa, el tribunal no ve acreditadas las atenuantes de alteración psíquica o intoxicación, ni tampoco la confesión.
Además, expone que la declaración de la mujer fue «clara, coherente, precisa, concreta y centrada» y que no hubo un ánimo espúreo en su testimonio. Un testimonio que se corroboró con las declaraciones de los testigos y que «responde a la realidad de lo vivido».
DELITOS Y PENAS
Por todo ello, el tribunal provincial considera a Borja R. autor de un delito de maltrato habitual y otro de asesinato en grado de tentativa, con las circunstancias agravantes de parentesco y género.
En total, condena al procesado a penas que suman 16 años, 11 meses y 29 días de cárcel, y le impone la prohibición de comunicarse o acercarse a su expareja por 31 años, así como la prohibición de portar armas durante 3 años.
Igualmente, establece indemnizaciones que suman casi 840.000 euros por las lesiones causadas, el daño moral y los gastos médicos en los que incurrió la víctima. Por otra parte, lo absuelve de un delito de acoso.
La sentencia puede ser recurrida en apelación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).

