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Condenan al Sergas a pagar 90.000 euros a una mujer a la que extirparon innecesariamente útero y trompas de Falopio

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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha estimado el recurso presentado por una mujer y ha condenado al Sergas a indemnizarla en 90.000 euros tras haberle extirpado el útero y las trompas de Falopio, en una «decisión terapéutica desproporcionada y a ciegas», ya que no le hicieron las pruebas pertinentes y dicha intervención resultó ser innecesaria.

De este modo, el alto tribunal gallego revoca la sentencia dictada por un juzgado de lo contencioso administrativo de Vigo, y señala que se produjo «un error de diagnóstico continuado» y «una absoluta falta de pericia en el planteamiento del diferencial clínico».

Así, la paciente, una mujer de 33 años, acudió a los servicios médicos por un sangrado constante y dolores que, realmente, tenían origen urológico, y no ginecológico. Sin embargo, la paciente fue intervenida en marzo de 2021 en el Hospital Álvaro Cunqueiro de Vigo por una sospecha de adenomiosis, a pesar de que esa patología había sido descartada previamente por pruebas que confirmaban que el útero estaba sano y en buen estado.

Tras la intervención, el sangrado y los dolores continuaron y, en julio de 2021, durante un viaje a Cuba, la mujer ingresó en una clínica donde, mediante un TAC («prueba que el Sergas nunca le había hecho»), se descubrió el origen del problema: ureterohidronefrosis derecha por un proceso inflamatorio cronificado en el uréter. Aimismo, se detectó que su riñón izquierdo estaba atrofiado y era afuncional.

De este modo, el TSXG concluye que la mala praxis del Sergas no solo privó a la mujer, de forma irreversible, de su capacidad reproductiva «sin necesidad alguna», sino que el retraso diagnóstico «condujo a la pérdida funcional casi absoluta de su riñón izquierdo».

«Ante la desesperación de la paciente y sus dolores crónicos invalidantes, Ginecología optó de forma precipitada por la solución más drástica (la histerectomía y salpinguectomía), justificándola en una probable adenomiosis cuyo diagnóstico certero solo podía ser postquirúrgico, omitiéndose investigar a fondo si el origen real del dolor y del sangrado provenía del aparato urinario adyacente, el cual compartía la misma zona anatómica de dolor», señala la resolución del TSXG.

Por todo ello, ha dictado una resolución estimatoria del recurso y ha condenado al Sergas (y a su aseguradora) a indemnizar a la paciente en 90.000 euros. La sentencia no es firme, y puede ser recurrida en casación.

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