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Condenado a año y medio de cárcel un hombre que facilitó su cuenta para estafar 55.000 euros a una maderera en Ourense

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La Audiencia Provincial de Ourense ha condenado a un año y seis meses de cárcel a un hombre que facilitó su cuenta bancaria para estafar 55.158,46 euros a una empresa maderera.

Según se recoge en la sentencia, a pesar de que «no existe evidencia de intervención» del acusado en la manipulación telemática, falsificación documental o acceso a correo electrónico, sí se deduce que «colaboró eficazmente en el despliegue de ardid informático» promovido por una tercera persona, obteniendo así un «indebido provecho económico».

Así, el Tribunal ha sostenido que la prueba practicada permite considerar «de forma racional y lógica» la participación del individuo en los hechos, de común acuerdo con una persona desconocida que logró acceder mediante manipulación tecnológica a los datos bancarios, identificación de correo electrónico y a la factura emitida por la empresa acreedora, «haciendo posible mendazmente a su través la transferencia de la cantidad citada en el factum a la cuenta bancaria del acusado».

HECHOS PROBADOS

En concreto, entre el 30 de septiembre y el 3 de octubre de 2022, el acusado, a través de tercera persona que empleó mecanismos no autorizados y que accedió al correo electrónico de una empresa maderera, apoderándose de una factura emitida por dicha compañía a una segunda maderera por importe de 55.158,46 euros.

A continuación, esta tercera persona modificó la cuenta de cobro que figuraba en la factura, indicando como cuenta bancaria a la que debía hacerse el pago una cuyo único titular era el condenado, quien «facilitó la identificación de la misma a aquel, a fin de que tuviese lugar en ella el ingreso del importe de la factura».

En esta línea, se envió dicha factura al correo electrónico la segunda empresa que debía realizar el pago, la cual, ante la apariencia normal de la factura, procedió a ello, recibiendo el acusado el 5 de octubre de ese mismo año la cantidad previamente señalada.

«La referida actuación del acusado resultó imprescindible para lograr el mencionado desplazamiento patrimonial», ha subrayado la Sala, que ha matizado, con todo, que el penado presentaba en la fecha de los hechos una «cierta dependencia a sustancias tóxicas que limitaba moderadamente su capacidad de decisión».

CONDENA

Por todo ello, la Audiencia Provincial lo condena por un delito de estafa informática agravado por la cuantía defraudada que supera los 50.000 euros, con la concurrencia de una circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal de toxicomanía, al subrayar que «resulta acreditada» la afectación en grado moderado en la fecha de los hechos de su inteligencia y voluntad.

Con todo, el hombre ha sido absuelto del presunto delito de falsedad documental del que era también acusado. Así, además de los 18 meses de prisión, el acusado ha sido condenado al pago de una multa de siete meses a razón de 6 euros diarios, y el abono de la mitad de las costas procesales, reservando a ambas madereras el ejercicio de las acciones civiles procedentes.

JUICIO

Durante el juicio celebrado el pasado lunes 27 de abril, el ahora condenado apuntaba a terceras personas como culpables del delito, señalando que lo engañaron para crear dicha cuenta bancaria y lo amenazaron.

En este sentido, este individuo explicaba que, en el momento de los hechos, vivía en una «casa ocupa» en Granada con otras personas, a las que acusaba también de amenazarlo tras decidir este quitarse la cuenta bancaria, obligándolo a mudarse a otro lugar.

Asimismo, también la madre del inculpado relataba en sala que su hijo contaba con una «mala situación personal y sanitaria», recalcando que este consumía drogas y explicando que había recibido amenazas, llegando la familia a sopesar la posibilidad de «mandarlo a Almería para quitarlo de en medio». «Mi hijo es muy influenciable, la gente lo ha utilizado», recalcaba la testigo.

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