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Los cambios en Ley del Deporte de Galicia limitarán los mandatos en las federaciones, pero a 20 años como máximo

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Los cambios en Ley gallega del deporte, que previsiblemente se aprobará en el pleno que el Parlamento de Galicia celebrará esta semana, elevarán la exigencia de las normas de buen gobierno de las federaciones y limitarán los mandatos en estas, pero a un tiempo que podrá alcanzar un máximo de 20 años.

El informe de la ponencia sobre la proposición de ley para modificar la Ley del deporte de Galicia aprobada en 2012 considera esencial que las federaciones eleven el nivel de exigencia de sus normas de buen gobierno, a través de principios que garanticen la gestión irreprochable de sus recursos financieros, los controles para prevenir los conflictos de intereses o, entre otros, la duración limitada de los cargos electos federativos, con el objetivo de garantizar la renovación de estas entidades de naturaleza privada que ejercen funciones públicas delegadas.

Sin embargo, pese a que la propuesta inicial del Partido Popular pasaba por limitar a tres los mandatos –cada uno de un total de cuatro años– finalmente, tras un acuerdo alcanzado durante la tramitación de la ley con el BNG, el tiempo máximo será de cuatro, pero ampliables a cinco si se dan una serie condiciones.

Así, la persona que ocupe la presidencia podrá optar a un único mandato adicional en el supuesto de que la suya sea la única candidatura a la presidencia, cuando así lo aprueben expresamente dos tercios de los miembros de la asamblea general o cuando «concurran razones de interés deportivo, organizativo o institucional que justifiquen la continuidad de la presidencia». «Este mandato adicional deberá ser autorizado, previamente, por la administración autonómica con competencias en materia de deporte», señala el texto.

En debate del informe de la ponencia, el diputado del BNG Iago Suárez, que criticó que los cambios en la norma se tramitasen por la vía de urgencia, aseguró que había «problemas más urgentes» en el deporte que la duración de los mandatos de las federaciones y advirtió que la propuesta del PP «creaba problemas» al asegurar que en Galicia ya existen entidades de este tipo que tienen sus propias limitaciones de mandatos.

Por ello, el BNG propuso una enmienda, con la que llegó a una transacción el PP, para limitar a cuatro los mandatos, pudiendo llegar a un quinto en el caso que se diesen los citados requisitos para que la medida no tuviese «tanto impacto» en las federaciones.

Por su parte, la diputada del PSdeG Paloma Castro consideró que la propuesta inicial del PP presentaba «problemas técnicos y jurídicos» al argumentar que la limitación a tres mandatos es «incompatible» con el articulo 58.6 de la ley, que da esta decisión a los estatutos de cada entidad.

El diputado del PPdeG Roberto Rodríguez, que subrayó que los cambios en la ley no van «contra nadie», consideró necesario que las federaciones deportivas eleven el nivel de exigencia de sus normas de gobierno con medidas que garanticen una «gestión irreprochable de sus recursos financieros», como la duración limitada de los cargos».

CUATRO ARTÍCULOS Y DOS DISPOSICIONES

En concreto, la modificación consta de cuatro artículos, una disposición adicional y una disposición última y fue impulsada por los populares gallegos con el objetivo de que la Xunta pueda ejercer la acusación popular en los procedimientos penales derivados de episodios de violencia en el deporte.

Todo ello después de que en el pasado mes de febrero falleciese el hombre de 68 años que estuvo más de dos meses ingresado en la UCI tras sufrir una agresión durante un partido de balonmano cadete femenino entre el Sanxenxo Balonmán y el Club Rasoeiro disputado en Vilalonga en diciembre de 2024.

Además, después del debate del proyecto de ley en ponencia, la norma establece plazos, conforme a lo establecido en la Ley de régimen jurídico del sector público, para las infracciones y la prescripción de las sanciones: 3 años, 2 años y 6 meses para la prescripción de infracciones muy graves, graves y leves, respectivamente; y 3 años, 2 años y 1 año para la prescripción de sanciones muy graves, graves y leves.

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