El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha desestimado la pretensión de una asociación ecologista de suspender cautelarmente la resolución de la Xunta que autorizó el plan de restauración y el proyecto de construcción del recrecimiento del depósito de lodos rojos de Alcoa, situado en Xove (Lugo).
La Sala rechaza en el auto las alegaciones formuladas por la asociación. Así, subraya que es «muy importante» tener en cuenta que «no se está en presencia de la autorización de una nueva actividad, sino de la modificación de una estructura para proseguir con la que ya existía con su autorización».
Por ello, recuerda que «el éxito de la pretensión suspensiva del nuevo proyecto debería venir condicionado a que se acreditara, de forma rigurosa o muy indiciaria, bien la aparición de nuevos daños ambientales o bien al incremento de los ya existentes, pero sin olvidar que el origen de esos daños tendría que situarse en la modificación de la estructura de la balsa, para lo cual se exigiría no una prueba rendida por un titulado en biología, ni en geología, ni en medicina, sino en cualquier disciplina asociada a ese tipo de estructura, lo que no ha sido el caso».
Los magistrados añaden también que en otros dos autos ya hicieron «especial énfasis en la ponderación de los intereses en juego a tener presentes».
En la resolución, indican que dichos intereses no son «tanto los de la promotora de la actividad extractiva y de elaboración del aluminio, sino los propios de la carencia de esa materia prima, los de los trabajadores, contratistas, clientes, vecinos, familias y negocios de la zona». A ese respecto, indica que la asociación ecologista no realizó alegaciones. El auto no es firme, pues cabe presentar recurso.

