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Condenan a Lonia a indemnizar con más de 300.000 euros a una diseñadora que sufrió acoso con un «clima de terror»

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El Juzgado de lo Social número 1 de Ourense ha condenado a la Sociedad Textil Lonia a indemnizar a una diseñadora con más de 300.000 euros por haber sufrido acoso mediante un «clima de terror».

Los hechos probados del fallo, emitido con fecha de 15 de julio de 2025, acreditan un «ambiente laboral hostil» en el departamento de esta trabajadora de diseño en el que se vive una permanente «situación de tensión», consistente en «gritos, discusiones, humillaciones y broncas a las trabajadoras que forman parte de él».

De tal forma, se da cuenta de que hasta una decena de personas causaron baja voluntaria en la empresa gallega de moda –cuenta con marcas como Carolina Herrera y Purificación García–, algunas de estos empleados tratados por dolencias psiquiátricas. «Los trabajadores acudían con miedo, por cuanto no sabían lo que iba a suceder. Los compañeros de otros departamentos no querían ir a dicho departamento por la situación que se vive en el mismo», explica la sentencia.

Así, se incluyen diferentes relatos de trabajadores que pasaron por la empresa que dan fe de lo que definen como «un infierno» y un «clima de terror», algo que el juez sostiene que se «encuadra perfectamente en el concepto de acoso colectivo».

Y es que se desgranan diferentes ejemplos de ese «acoso colectivo» vivido: desde una trabajadora que sufrió una baja por ansiedad al ser insultada por un administrador –le dijo «gilipollas»–, relatos de reuniones con broncas y lloros, hasta una diseñadora que describe «una caza de brujas».

«AMBIENTE LABORAL HOSTIL»

La trabajadora demandante, que estuvo en la empresa desde 2004, acabó sufriendo un empeoramiento en su salud hasta que en junio de 2024, «consecuencia de ese ambiente laboral hostil», tuvo que irse de urgencia al médico, pero su superior le dijo que «acabara antes el trabajo» y no puso a su disposición al médico de la empresa. Fue diagnosticada de depresión y estrés laboral crónico, entre otras dolencias.

Así, la Sala apunta a que la demandante «sufría sobrecarga en su trabajo, como consecuencia de que el número de diseñadores necesarios para soportar una carga de trabajo debían ser tres, y en ocasiones solo estaba ella», con jornadas de hasta 10 horas. Además, se recoge que «es norma en la empresa prolongar la jornada laboral más allá de la hora ordinaria de salida, programando reuniones que se extienden con posterioridad a dicha hora, mirando mal a los trabajadores que llegada la hora de salida se van».

El juzgado falla contra Lonia al ver probado un «incumplimiento grave» por falta de prevención de riesgos psicosociales y sobrecarga de trabajo de la afectada, entre otras cuestiones. Cabe presentar recurso.

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