El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la sentencia de la sección quinta de la Audiencia de Pontevedra, con sede en Vigo, que condenó a 4 años de cárcel a un miembro de un clan como autor de un delito continuado de extorsión.
La sentencia del tribunal provincial considera probado que, en septiembre de 2020, la víctima acudió con su pareja a un descampado en la zona de Tomiño, donde se encontraron con el acusado que, supuestamente, iba a ayudarla a cobrar una deuda. Pero lo que ocurrió fue que el procesado le exigió a ella que le entregara 6.000 euros, bajo la amenaza de «pegarle un tiro en la cabeza o quemarla dentro del coche».
El acusado también amenazó con matar a la hija y a los padres de la mujer, mientras le enseñaba dos pistolas que llevaba en su coche.
Dos días después de estos hechos, la mujer tuvo un accidente grave de coche, que la llevó a estar hospitalizada. A partir de ahí, el acusado comenzó a llamarla para exigirle que le diera el dinero que recibiera del seguro por el accidente. Incluso, ante la tardanza en cobrar, la obligó a ir al puesto de la Guardia Civil de O Porriño, acompañada por una mujer y una menor de la confianza de él, para preguntar por qué tardaba tanto en pagar el seguro.
Cuando cobró unos 17.400 euros, la mujer aseguró que el acusado la acompañó a una sucursal bancaria y, tras apuntarla con una pistola, la obligó a entrar y a retirar más de 15.000 euros, de los que se apropió.
Tiempo después, el procesado la obligó a comprar dos teléfonos móviles de más de 1.000 euros, para luego venderlos en una tienda de segunda mano y quedarse él con el dinero. Más tarde, le exigió ir a un concesionario con otro individuo a comprar un coche de unos 24.000 euros, que fue vendido por 14.000 euros. Según expuso la Audiencia en su resolución, la mujer se plegó a todas las exigencias del acusado por temor.
La defensa presentó recurso ante el TSXG alegando que se había realizado una errónea valoración de la prueba y tratando de que se aplicase la atenuante de dilaciones indebidas. No obstante, el alto tribunal gallego no ha aceptado ninguno de estos argumentos, e igualmente ha rechazado la explicación dada en la sala por el acusado, que aseguró que había tenido una relación sentimental con la mujer y que ella lo había denunciado por despecho.
Por todo ello, ha desestimado el recurso de apelación y ha confirmado la pena de prisión, de 4 años, así como el pago de la responsabilidad civil. El procesado deberá compensar a la víctima con 23.322 euros, y deberá abonar 2.305,33 euros a Vodafone y otros 34.240,02 a FCA Auto Bank.