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Condenado a 26 años de cárcel el hombre que asesinó a Cristina Cabo en su domicilio de Lugo

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La sección segunda de la Audiencia Provincial de Lugo ha condenado, en base al veredicto del tribunal del jurado de finales de mayo, a un total de 26 años de cárcel a José Uriel V.S. que fue juzgado por el asesinato de Cristina Cabo Buján en Lugo, una mujer de 42 años que residía en el barrio de A Milagrosa y que regentaba una tienda de productos ecológicos.

El acusado fue considerado por el tribunal popular autor de un asesinato y de un robo con violencia (se llevó el ordenador y una bicicleta de la víctima). De hecho, él mismo confesó los hechos, aunque su defensa pidió que fuera condenado por homicidio y no por asesinato, para buscar una pena de cárcel menor (de 15 años frente al máximo de 30 años del asesinato) y por un hurto en lugar de un robo violento.

Cristina Cabo Buján murió en la madrugada del 27 de noviembre de 2022. Esa noche contactó con el acusado en una zona de ocio de Lugo y, posteriormente, ambos fueron al domicilio de ella, donde mantuvieron relaciones sexuales consentidas.

En un momento dado, el acusado y la víctima iniciaron una discusión, en el transcurso de la cual, José Uriel le asestó 47 cuchilladas.

El hombre, de origen colombiano y que llevaba dos meses en España, fue delatado pocos días después por su propia hermana, que lo vio con manchas de sangre en la ropa y en poder del ordenador y la bicicleta sustraídos a la víctima.

ALEVOSÍA Y ENSAÑAMIENTO

Durante el juicio celebrado en la Audiencia, la acusación solicitó que se reconociesen las agravantes de alevosía y ensañamiento, circunstancias que el jurado vio probadas. Sin embargo, el tribunal popular no aceptó el argumento del acusado del trastorno mental o de la legítima defensa, ya que José Uriel no presentaba lesiones.

En su sentencia, la magistrada señala que el condenado «presentaba intacta su capacidad de entender y querer», a lo que añade que «la agresión con el cuchillo llevada a cabo fue de tal violencia en atención a la desproporción en fuerza física entre agresor y agredida, y a que ésta estaba bajo la ingesta de bebidas alcohólicas y cannabis que, pese a que la víctima logró oponer resistencia frente a su agresor, debido a estas circunstancias, fue ineficaz por mínima y, por ende, no impidió que el acusado acabase fácilmente con su vida, asegurando su ejecución y evitando el riesgo que pudiese provenir de una defensa efectiva de la víctima».

La magistrada también añade que el jurado dedujo la intención de acabar con la vida de la mujer «por el número de heridas y las zonas vitales donde se encontraron». Además, indica que concluyó «la inexistencia de una previa agresión que posibilitase una legítima defensa», pues el acusado carecía de «herida, escoriación o hematoma», al tiempo que resalta que, de igual modo, el jurado «estimó que concurría la agravante de alevosía y ensañamiento, lo que transforma la muerte de la víctima de homicidio a asesinato».

La sentencia recoge la pena de 22 años de cárcel por el asesinato y la de 4 años por el robo; además, el procesado será expulsado del país una vez que acceda al tercer grado o a la libertad condicional sin que pueda regresar en el plazo de 10 años.

Igualmente, la resolución establece, en concepto de responsabilidad civil, indemnizaciones a los familiares de Cristina Cabo, que suman más de 180.000 euros. Con todo, la resolución no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).

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