El Diario Oficial de Galicia (DOG) recoge en su publicación de este miércoles las bases reguladoras para la concesión de las ayudas en 2025 para el libro gallego, dirigidas a la traducción al gallego de obras publicadas originariamente en otras lenguas.
Según explican, la finalidad es subvencionar los costes de la traducción de las diferentes obras literarias en formato papel o digital para apoyar el libro gallego y el mercado literario gallego, en lo que se refiere a la traducción al gallego de obras publicadas originariamente en otras lenguas.
Entre los requisitos de las ayudas, se cita que la traducción de la obra para la que se solicita la subvención se publique después de la fecha de publicación de esta convocatoria. Además, solo se subvencionará la traducción de un mismo título.
En el supuesto de que haya varias solicitudes para la misma obra, se subvencionará la solicitud que obtuviera más puntos de acuerdo con los requisitos y, en caso de empate, la presentada en primer lugar.
Cada empresa editorial podrá presentar solicitud para la traducción de un máximo de 15 obras y solo serán objeto de subvención las obras de las que se trate de una primera traducción o hayan pasado más de 20 años desde la última traducción.
Indican también que no podrán ser objeto de ayuda las obras que hayan recibido esta misma subvención en convocatorias anteriores.
DOTACIÓN DE 150.000 EUROS
Las ayudas se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria de la Comunidad para el año 2025, por un importe máximo de 150.000 euros, de los cuales 67.500 euros corresponden a la anualidad 2025 y 82.500 euros a la anualidad 2026. El importe máximo de subvención por obra será de 6.000 euros.
Este importe inicial puede ser ampliado en función de las disponibilidades presupuestarias, lo que podrá dar lugar a la concesión de más subvenciones.
Las ayudas se tramitarán en régimen de concurrencia competitiva y las solicitudes deberán presentarse obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.