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Los nuevos límites de ingresos para acceder a vivienda protegida entran en vigor este miércoles

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El Diario Oficial de Galicia (DOG) publica este martes los nuevos ingresos máximos para acceder a viviendas protegidas tras aprobar la Xunta en Consello el pasado mes el aumento del límite de renta.

Estos cambios entran en vigor desde este miércoles, 26 de febrero, día siguiente de publicación en el DOG, según la disposición del Instituto Galego de Vivenda e Solo (IGVS).

El Consello de la Xunta acordó en enero la modificación de los límites máximos de ingresos de la familias para acceder a las viviendas de promoción pública (VPP) y a las distintas tipologías de viviendas de protección autonómica (VPA) con el objetivo de que «varios miles de personas más» puedan acceder, tal y como ha destacaba el presidente de la Xunta, Alfonso Rueda.

Así, los límites para el acceso a vivienda protegida serán, en todos los casos, superiores al salario medio en Galicia con el objetivo de favorecer el acceso a estas viviendas a más familias.

Según los últimos datos oficiales disponibles, el salario bruto medio en Galicia se sitúa en los 2.136 euros brutos. A los efectos de acomodar el esfuerzo de las familias para el acceso a la vivienda, tanto en compra como en alquiler, y facilitar financiación por parte de las entidades financieras, el Gobierno gallego modifica los tramos actuales de ingresos máximos para el acceso a una vivienda protegida, de tal forma que incrementa este tope, que varía según los diferentes tipos de protección de las mismas.

Actualmente, el tramo de renta para una unidad familiar para el acceso a una VPP con carácter general se sitúa en 2,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem), límite que se incrementa con la modificación autorizada del tope, que pasará ahora a ser de 3 veces el Iprem. Se sitúa en 5,5 veces el Iprem en núcleo rural y conjuntos históricos.

Con respecto a las VPA de régimen especial, el límite máximo se incrementa también en medio punto, pasando de 3 a 3,5; y se eleva del 4,5 hasta 5 veces el Iprem en las viviendas de régimen general. Además, se mantiene el tramo de ingresos ponderados para el acceso a las VPA de régimen concentrado, en hasta 6,5 veces el Iprem.

Para que una pareja con un hijo pueda adquirir una VPP o una VPA de régimen especial, el Iprem actual fija lo ingresos máximos anuales brutos en hasta 26.250 euros. Con el nuevo acuerdo, alcanzará los 31.500 euros anuales brutos (2.625 euros mensuales brutos).

En el caso de VPA de régimen general, estos importes en el tramo de renta, para la misma tipología de familia y mismo tipo de inmueble, pasará de los 47.250 euros brutos anuales a los 52.500 euros brutos anuales.

Además, se mantiene le tramo de ingresos ponderados para el acceso a la VPA en régimen concertado, que se sitúa hasta 6,5 veces el Iprem, 68.250 euros brutos anuales.

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