Xunta y Gobierno han alcanzado un acuerdo en el seno de la comisión bilateral activada para tal fin que ha permitido resolver las discrepancias entre ambas administraciones en relación a varios puntos y distintas áreas temáticas de la ley de medidas que acompañó a los Orzamentos para este ejercicio y que fue aprobada en diciembre de 2023.
Así se hace constar con la publicación del acuerdo, de acuerdo con los pasos que dictan que sea comunicado al Tribunal Constitucional, además de insertado el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de Galicia.
Uno de los puntos cuestionado por el Gobierno central hacía referencia al apartado 5 del artículo 25 de esta norma, en el que se modifica la ley de 2013 de transporte público de personas en vehículos de turismo, dirigido al establecimiento por la comunidad de un régimen organizativo en cuanto a la aprobación de criterios de mejora de la calidad del aire en el marco de lo previsto en el derecho comunitario o en las directrices de la Organización Mundial de la Salud, y de objetivo de reducción de emisiones.
Ambas partes acuerdan que su ámbito de aplicación se limitirá a aquellas autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor, VTC, que pretendan domiciliarse en Galicia, no resultando de aplicación a aquellas otras que pretendan domiciliarse fuera de dicho ámbito territorial, además de otro ajuste en el artículo 6.
Otra de las cuestiones en el foco del conflicto, el apartado del artículo 32 en el que la Xunta añadía una disposición adicional en la que preveía impulsar acuerdos con otras entidades para potenciar la investigación en el campo de la medicina genómica, ambas partes coinciden en que «se interpretará y se aplicará, en el ejercicio de las potestades normativas y administrativas» de cada administración.
En cuanto al artículo 38, que procedía a modificar la ley de ordenación de la minería de Galicia de 2008, en el punto relativo a las solicitudes de reclasificación de derechos mineros, también se acuerda que la Xunta acometerá una nueva modificación legislativa que incluye algunos matices de redacción clarificando, entre otras cuestiones, cuando las peticiones deben ser rechazadas de forma motivada o sobre el derecho a aprovechar los recursos que hayan sido reclasificados.