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El TS confirma la expulsión de un guardia civil condenado por robar en vestuarios de campos de fútbol en Galicia

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El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la sanción de separación del servicio impuesta por el Ministerio de Defensa a un guardia civil que había sido condenado a nueve meses de prisión en 2018 por robar en los vestuarios de diferentes campos de fútbol de Galicia, donde participa como árbitro.

La sentencia de la Sala de lo Militar del alto tribunal explica que la expulsión del Instituto Armado se debe a que es autor de la falta muy grave consistente en «cometer un delito doloso condenado por sentencia firme, relacionado con el servicio, o cualquier otro delito que cause grave daño a la Administración, a los ciudadanos o a las entidades con personalidad jurídica», conforme al artículo 7.13 de la Ley Orgánica de Régimen Disciplinario de la Guardia Civil.

El guardia civil fue condenado en abril de 2018 por el Juzgado de lo Penal número 1 de Ourense a nueve meses de cárcel por un delito continuado de hurto, con la agravante de abuso de confianza y la atenuante de reparación del daño, por haber robado, entre el 16 de mayo y 22 de noviembre de 2015, en los vestuarios de diferentes campos de fútbol unos 1.800 euros y diversa documentación de varios futbolistas.

Tras esta resolución, la ministra de Defensa, Margarita Robles, acuerda el pasado 20 de marzo la sanción disciplinaria del servicio, a instancias del director general de la Guardia Civil, Félix Azón.

MEDIDA «PROPORCIONAL»

El Supremo, que ha estudiado el recurso del condenado contra la mencionada sanción, considera que la medida impuesta es «proporcional» como consecuencia de dicha condena penal, pues la actuación del que fuera guardia civil supone una «grave afectación» para el «crédito» que la Institución debe merecer a los ciudadanos.

La sentencia destaca «la irreprochabilidad penal de los funcionarios públicos en general, y con mayor razón a aquellos que tienen por misión la averiguación y persecución de los delitos» y por ello considera adecuada que la «respuesta de la administración» ante la comisión de «varios delitos dolosos» sea la separación del servicio.

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