La Junta electoral de Galicia ha archivado una denuncia del PP contra el BNG en la que le acusaba de trasladar mensajes en redes sociales que buscaban «desprestigiar» a los populares tratando de «captar votos» para la formación política del Bloque.
«Estos anuncios fueron contratados una vez convocadas las elecciones, ya que las noticias a las que aluden son posteriores a la fecha de la convocatoria», apuntaba la denuncia, en la que aseguraban, también, que no se trata de «meras publicaciones en el perfil del BNG, sino inserciones comerciales pagadas y contratadas para su difusión a través de sus redes sociales».
El PP pedía la retirada de las campañas y la incoación del correspondiente procedimiento sancionador del BNG por posible infracción» de dos artículos de la Loreg (51 y 53).
Así, con respecto a la denuncia, la junta electoral sostiene que el contenido impugnado «carece de poder persuasivo, se lleva a cabo dentro del perfil del partido y, por lo tanto, no puede ser integrada dentro de la categoría de propaganda electoral, sino dentro de la actividad ordinaria de un partido admisible según la normativa aplicable a cada caso».
En concreto, la junta electoral de Galicia señala que «no cabe apreciar petición ninguna de voto expresa o implícita en la publicación», por lo que «no se ve materia en la que integrar un petitum como el formulado por la entidad recurrente».
En el presente caso, señala la junta, teniendo en cuenta la doctrina de la junta electoral central y un acuerdo de marzo de 2020 de la propia junta electoral de Galicia, «los anuncios controvertidos contratados por la formación política del Bloque Nacionalista Galego insertados en redes sociales no incurren en la prohibición establecida» en el artículo 53 de la Loreg, al «no constituir propaganda electoral», ya que «no se solicita ni directa ni indirectamente» el voto. De este modo, se decreta el archivo de la denuncia.