El Diario Oficial de Galicia (DOG) publica este jueves el decreto por el que se regula el desarrollo de la Ley de espectáculos públicos y actividades recreativas de Galicia y que, entre otras cuestiones, establece la obligación de un seguro para las verbenas populares. Su entrada en vigor será en un mes, desde la publicación.
El texto incluye distintos aspectos relacionados con la organización de estos eventos y de los establecimientos y espacios abiertos al público en los que se celebren, así como la constitución del registro de empresas y establecimientos vinculados a estos sectores.
Entre otras cuestiones, se detalla la documentación y los requisitos técnicos en lo que atañe a las instalaciones portátiles y desmontables y a las atracciones itinerantes de feria.
En materia de seguros, se establece una regulación del capital mínimo que deben cubrir las pólizas de seguros de responsabilidad civil, diferenciando por tipología de actividad, por capacidades y si se trata de espacios al aire libre delimitados o no delimitados.
De este modo, se reconoce la singularidad de las fiestas y verbenas populares organizadas por agrupaciones o asociaciones de vecinos o por comisiones de fiestas, que deberán contar con un seguro de responsabilidad civil con una cuantía mínima de capital asegurado de 200.000 euros.
Todo ello, sin perjuicio de la contratación de pólizas de responsabilidad civil específicas por parte de titulares de las actividades en la fiesta o verbena como orquestas o instalaciones portátiles y desmontables.
ASISTENCIA SANITARIA
Por otra parte, se regula la asistencia sanitaria que se debe exigir en cada tipo de espectáculo público o actividad recreativa, diferenciando entre grandes y pequeños espectáculos: un botiquín de primeros auxilios en los establecimientos con capacidad inferior a 500 personas y espacios abiertos con cabida menor a 1.000 personas, mientras que en los locales de 500 a 1.000 personas y en los espacios abiertos con capacidad entre 1.000 y 5.000 personas también se requerirá disponer de un lugar para prestar primeros auxilios y una persona con conocimientos acreditados en asistencia sanitaria.
En los eventos con una previsión de asistencia superior a 2.000 personas tendrá que haber personal necesario para la prevención e identificación de las emergencias y por encima de los 5.000 asistentes se deberá constituir un Puesto de Mando Avanzado (PMA) desde el que coordinar los servicios de emergencias y sanitarios a través del Centro Integrado de Atención a las Emergencias (CIAE) 112 Galicia.
También se exigirá como mínimo un vigilante de seguridad por cada 1.000 personas que asistan al espectáculo. El texto hace referencia al derecho de admisión, señalando el procedimiento para la comunicación de las condiciones por parte de los ayuntamientos, y al procedimiento para la adquisición y cancelación de entradas y abonos.