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Fiscalía pedirá la confirmación de prisión permanente revisable a la mujer que mató a su hija en Muimenta (Lugo)

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La Fiscalía pedirá en la vista de apelación, fijada para este viernes día 30 en el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), la confirmación de la sentencia que condenó a prisión permanente revisable a la mujer que asesinó a su hija en la parroquia de Muimenta, en Cospeito (Lugo).

La vista se celebrará a las 11,00 horas en la sala segunda del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), tras el recurso presentado por Ana Sandamil contra su sentencia condenatoria.

Una condena que le impuso la Audiencia Provincial de Lugo, de acuerdo con el veredicto del jurado, que la consideró culpable del asesinato de Desirée Leal, de siete años. Un hecho que tuvo lugar el pasado 3 de mayo de 2019.

En la sentencia, al delito de asesinato se le aplica la agravante de parentesco y el atenuante analógico de alteración mental o psíquica, aunque de carácter leve.

Por su parte, el padre de la niña, José Manuel Leal, trasladó hace unos días, al avanzar la fecha de la vista, ratificada por el alto tribunal gallego, su confianza en que se mantenga la condena de prisión permanente revisable.

HECHOS

Sobre la gravedad de los hechos, la sentencia tuvo en cuenta que el ataque se produjo cuando la niña «se encontraba durmiendo a solas con su madre en su habitación y probablemente adormilada por la trazodona que le suministró», según se encontró en la autopsia, y sin posibilidad de defensa.

El jurado consideró acreditado que la acusada, quien dormía en la misma cama que su hija la noche de los hechos, con la finalidad de acabar con su vida, suministró a Desirée un fármaco con efectos sedantes y, a continuación, «la asfixió con sus propias manos».

Posteriormente, recoge la sentencia, la condenada «ingirió unas pastillas sabiendo que no le provocarían la muerte», indica la resolución.

RELACIÓN CON EL PADRE

Uno de los puntos relevantes de este caso era determinar si, como argumentaba la defensa de Ana Sandamil, no era consciente de los hechos cuando se produjeron por un supuesto trastorno psicótico.

Sobre esta cuestión, el jurado, basándose en los informes de la pericial de psicología y de psiquiatría, estimó que no existe una relación directa entre el trastorno que sufre la acusada, incluso en su aspecto de posibles delirios, y la acción de dar muerte a su hija, «más allá del estrés que en ella generaba la relación de las dos con el padre» de la menor.

La mujer, según la resolución, era conocedora de la intención del progenitor, con quien mantuvo una relación sentimental durante cuatro años, de modificar el acuerdo de custodia y a esto atribuyó los hechos.

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