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El juez del ‘Popular’ rechaza las diligencias instadas por Ron para demostrar que el banco era solvente bajo su mandato

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El juez de la Audiencia Nacional encargado de la instrucción del ‘caso Popular’ ha rechazado las diligencias solicitadas por el expresidente de la entidad Ángel Ron, que pretendía demostrar que en mayo de 2017 –tras su salida de la dirección– el banco no presentaba problemas de solvencia ni riesgo de iliquidez.

En un auto de este miércoles, al que ha tenido acceso Europa Press, el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 4, José Luis Calama, se alinea con el Ministerio Fiscal y rechaza las peticiones planteadas por Ron el pasado 8 de marzo al entender, señala, que no son de utilidad ni necesarias.

En concreto, como recordaba el Ministerio Fiscal la finalidad de las diligencias propuestas por el abogado de Ron era comprobar si los consejeros del Popular fueron informados adecuadamente del significado y trascendencia de los acuerdos adoptados en el último consejo celebrado el día 7 de junio de 2017, especialmente sobre la declaración de inviabilidad.

La representación de Ron planteaba a este respecto la posibilidad de que no se hubiese advertido a los consejeros que acordaron la inviabilidad del banco el escenario de la resolución, «que sin embargo ya se llevaba preparando en los días previos y que se decretó al día siguiente del Consejo».

«Hay que tener en cuenta que algunos consejeros han manifestado que en este último Consejo no se proporcionó información suficiente para poder decidir responsablemente sobre la cuestión debatida y el alcance del acuerdo adoptado», señaló en su escrito.

UN HECHO EXCLUIDO DEL OBJETO DE LAS DILIGENCIAS

Sin embargo, la Fiscalía –cuyos argumentos son asumidos en su totalidad por el instructor– descartaba la intención de Ron de introducir en la causa un nuevo hecho como objeto de investigación que, a su juicio, no procede.

«Si lo que cuestiona y pretende con las diligencias propuestas es investigar el acto de resolución y venta del banco, este hecho está excluido del objeto de investigación de estas diligencias», recuerda el Ministerio Público.

Pero es que, además, el magistrado va un paso más allá y recuerda que el consejo de administración del Popular, que estaba «integrado por personas de indiscutible formación financiera y empresarial, adoptó un acuerdo esencial para la viabilidad de la entidad».

SOBRE LAS «FLORITURAS INTERPRETATIVAS»

«La mera lectura del precepto descarta florituras interpretativas. No puede desplazarse el centro de gravitación de esa decisión genuina del consejo a su presunto asesor (despacho Uría). Debemos recordar que los consejeros declararon ante este Instructor en calidad de investigados, pudiendo referirse a ese asesoramiento inadecuado a que se refiere el escrito del señor Ron», afirma el magistrado.

El juez Calama rechaza de esta forma la petición de que se identificase por parte del despacho Uría y Menéndez a los profesionales que formaron parte del equipo de trabajo que asesoró al banco Popular en el periodo desde el 17 de febrero de 2017 hasta el 7 de junio del mismo año.

Ron también pidió «todas las comunicaciones internas habidas entre el despacho y gestores o directivos de Banco Popular durante el periodo de asesoramiento, y en particular las que tuvieron lugar desde el Consejo del 18 de mayo de 2017 y todas las que se mantuvieron para preparar el Consejo de Administración de 7 de junio de 2017».

LA VOLUNTAD DE LOS CONSEJEROS EN LA VOTACIÓN

Por otro lado, el fiscal Antonio Romeral explica que si la pretensión de Ron «es investigar el acto de formación de la voluntad de los consejeros para la votación del acuerdo sobre la declaración de inviabilidad del banco», esto debe rechazarse al apartarse de los hechos objeto de investigación.

Y esto es así en tanto que Ron «da a entender que el voto de algunos consejeros estaba viciado pues se ocultó, por el presidente del Consejo y los abogados externos que los asesoraban, los efectos que esa decisión y comunicación al Banco Central Europeo podrían tener» para la entidad.

En el citado escrito, la representación del que fuera presidente del Popular aseguraba que mientras éste estuvo al frente de la entidad se cumplieron «siempre las ratios de capital y liquidez, no existiendo incumplimiento regulatorio de ningún tipo», y dejando claro que las cuentas anuales publicadas antes de la ampliación de capital «expresaron la imagen fiel» del banco.

Todo ello en el marco de esta causa en la que el instructor investiga dos fases del proceso de resolución del Popular: las presuntas irregularidades contables de la entidad en 2016, con la ampliación de capital, y las filtraciones a prensa de un año después que habrían provocado su resolución a mediados de 2017.

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