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CSIF valora que el Supremo hace «justicia» con los interinos del Sergas al ampliar la carrera profesional

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La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha valorado que el Tribunal Supremo rechace los recursos de la Xunta y haya confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), en este caso una del 25 de septiembre, en la que se reconoce la obligación del Sergas a extender la carrera profesional a todo el personal.

Este martes ya había trascendido el reconocimiento del Supremo a los interinos, a través del rechazo del recurso de la Xunta a la sentencia que en este caso ganó CC OO el 27 de noviembre de 2019. CSIF ha reivindicado, a través de un comunicado, el fallo «pionero» que este sindicato «logró» el 25 de septiembre de 2019 y que, subraya, abrió la puerta al reconocimiento de la carrera profesional para todos.

CSIF recuerda que el Supremo sienta doctrina sobre la carrera profesional del personal temporal del Sergas al declarar nula, «por discriminatoria», la exclusión del personal estatutario temporal eventual y sustituto de acceder a ella frente al personal fijo, único beneficiario de la carrera, según el acuerdo recogido en la Orden de julio de 2018.

En el caso de CSIF, la sentencia del TS, que acaba de ser publicada, responde e inadmite el recurso de casación interpuesto por la Xunta contra una sentencia previa y pionera, ganada por CSIF en el TSXG el 25 de septiembre de 2019, que daba la razón al recurso interpuesto por varias trabajadoras afectadas en la provincia de Lugo. Todavía están pendientes de sentencia el resto de recursos interpuestos en el resto de las provincias.

CSIF reivindica que esta sentencia del 25 de septiembre de 2019, que ahora ratifica el Supremo, «fue pionera en la defensa de los derechos» de los trabajadores temporales eventuales del Sergas y «está marcando el camino para que el acceso a la carrera profesional sea igual para todos». «Entre los interinos y los sustitutos del artículo 9 del Estatuto Marco del Personal Estatutario no median diferencias que justifiquen un tratamiento distinto en materia de carrera profesional, una vez que sabemos que su respectiva debida temporalidad se ha transformado en una permanencia duradera efectiva desde la que ambos contribuyen a la prestación del servicio de salud», apunta el fallo.

CSIF valora «muy positivamente» esta resolución, porque «hace justicia con los trabajadores» y «sienta precedente para que los recursos pendientes se resuelvan también a favor de todo el personal del Sergas afectado».

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