El Juzgado de lo Social número 2 de Lugo ha reconocido como personal laboral fijo de la Consellería do Medio Rural a una trabajadora que encadenó 14 años de contratos temporales, entre 2006 y 2020, en la categoría de emisorista contra incendios forestales.
En la sentencia, con fecha de 25 de marzo de 2022, la jueza entiende que la empleada, defendida por la abogada de CC.OO. Teresa Burgo, había superado un proceso selectivo en diciembre del año 2002 para acceder a la categoría de emisorista como laboral fijo de la Xunta, a pesar de que la Consellería no aportó durante el proceso judicial la documentación sobre la puntuación que obtuvo en aquella oposición.
Aunque a la trabajadora no se le adjudicó ninguna de las 102 plazas ofertadas en 2002, tal y como refleja el fallo, sí consta «acreditado que ocupó la misma plaza en el Distrito Forestal Terra de Lemos desde el año 2006».
Así, la jueza afirma a continuación que «la ocupación de una plaza de forma prolongada en el tiempo (…) evidencia que dicha plaza estaba vacante en el momento de la convocatoria del proceso selectivo y si no incluyó en la oferta de empleo público del año 2002 es por voluntad de la propia demandada», es decir, la Consellería, la cual «no ha acreditado» los motivos de esta decisión.
Dicho esto, la titular del Juzgado de lo Social número 2 de Lugo afea a la Xunta en la sentencia que «no puede admitirse» que un trabajador que ha superado el proceso selectivo «esté ocupando una plaza de forma ininterrumpida en virtud de un contrato temporal» cuando este puesto «estaba vacante» en el momento de celebración de la oposición.
«No se comprende cuál es el motivo por el que la entidad demandada (la Consellería) no oferta en la OPE todas las plazas vacantes en el momento de la convocatoria y acuda de forma abusiva a la contratación fraudulenta para la cobertura de dicha plaza de forma continuada», critica a continuación la jueza.
Por ello, la sentencia estima la demanda de la trabajadora contra Medio Rural y declara que ostenta la condición de personal laboral fijo de la Administración autonómica desde el 6 de julio del 2006.
El sindicato CC.OO. celebra en un comunicado esta resolución judicial que apunta a la «contratación fraudulenta en las administraciones públicas» y que «acoge el criterio fijado por el Tribunal Supremo» para sancionar a la Xunta al decretar la fijeza de la relación laboral en estos supuestos.