La Fiscalía, en la vista de apelación celebrada este martes en la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), ha pedido la nulidad de la sentencia y la repetición de juicio con nuevo jurado en el caso en el que se absolvió a una acusada de matar a dos ancianos en Arzúa (A Coruña) en la madrugada del 27 de julio de 2016.
El Ministerio Fiscal ha alegado una arbitrariedad en la motivación del acta del veredicto y ha considerado «improcedente» que en el objeto del segundo veredicto no se haya contemplado la medida de internamiento psiquiátrico.
El fiscal ha explicado que estas «insuficiencias» son elementos «más que suficientes para repetir un nuevo juicio con nuevos jurados».
Por su parte, la abogada de la defensa ha argumentado que el veredicto del jurado está «perfectamente» motivado. La letrada ha indicado que la «única» prueba a la que «se agarra» el Ministerio Fiscal es la de AND, que en este caso «no es concluyente» porque «no hay ni huellas ni restos de sangre de la investigada en el arma homicida».
«NO CULPABLE»
Según el fallo dictado por la Audiencia Provincial de A Coruña en junio de 2021, la mujer fue absuelta de conformidad al veredicto pronunciado por el jurado que la consideró «no culpable» en un juicio que se celebró por segunda vez tras ordenarlo así el TSXG. En él, la defensa pedía la absolución y alegaba que la mujer no era autora de ilícito alguno.
Por su parte, el Ministerio Fiscal solicitaba que fuese condenada por dos delitos de homicidio por considerarla autora de la muerte de la madrina de su marido y de su pareja, a los que cuidaba en su vivienda de Arzúa.
No obstante, la fiscalía tenía en cuenta la eximente completa de alteración psíquica y pedía su internamiento psiquiátrico por vincular los hechos con un brote psicótico.
Entre otras cuestiones, el jurado consideró como no probado que la madrugada del día 27 de julio de 2016 la mujer hubiese accedido al interior de la vivienda de los fallecidos y rechazó que la pudiese considerar autora de la muerte de los dos ancianos.
«A pesar de encontrarse huellas y perfil genético de la acusada en diversas zonas de la vivienda donde residían los ancianos, no podemos concluir que se produjesen en el momento del delito, puesto que la acusada era cuidadora habitual de los ancianos y entraba con frecuencia en dicha vivienda», recoge el fallo del veredicto.
«El jurado ha estimado que los indicios existentes resultan insuficientes para considerar acreditada la autoría», señalaba también al sentencia.